Pharmamar asegura que la sentencia de la Audiencia Nacional no afectará a su caja

Pharmamar dice que la deducción de 5,6 millones que la Audiencia Nacional consideró no procedente ya está cubierta con otra deducción, por lo que no supondrá una salida de caja. El grupo se plantea recurrir el fallo

Pharmamar dijo que la sentencia de la Audiencia Nacional que le impide deducirse 5,6 millones de euros en el Impuesto de Sociedades de los ejercicios 2010 y 2012 no afectará a su caja.

En un dictamen del pasado 26 de marzo, la sala de lo contencioso rechazó el recurso de Pharmamar contra un fallo del Tribunal Económico Administrativo Central de junio de 2017.

La justicia entendió que el grupo gallego no podía aplicarse una reducción de ingresos procedentes de la cesión del derecho de uso o explotación de determinados activos intangibles respecto a la comercialización de Yondelis, uno de sus medicamentos estrella.

Los 5,6 millones de euros suponen casi la cuarta parte del beneficio neto de 24,8 millones de euros que la biofarmacéutica reportó en el primer trimestre de este año.

Pharmamar asegura que la deducción ya está cubierta

Pero fuentes de Pharmamar explicaron que la sentencia no supondrá ninguna salida de caja. Primero porque el grupo puede recurrirla y segundo porque la cantidad se podría compensar con otras deducciones pendientes.

En el curso de la  inspección del Impuesto de Sociedades del grupo en el periodo 2010-2012, los inspectores cuestionaron la aplicación inadecuada por parte de Pharmamar de la deducción del artículo 23 de la ley del impuesto.

Por esta razón, Pharmamar “rectificó las declaraciones del impuesto aplicando bases imponibles negativas de ejercicios anteriores así como otras deducciones por diferente concepto pendientes de aplicar, por cuantía equivalente”, explicaron fuentes de la empresa.

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De esta forma, esos 5,6 millones de euros ya están cubiertos y no supondrán para Pharmamar "ningún impacto financiero y contable”, añaden las mismas fuentes.

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Pharmamar estudia si recurrirá la sentencia de la Audiencia Nacional

No obstante, la biofarmacéutica entiende que sí tenía derecho a aplicarse la reducción de ingresos procedentes de la cesión del derecho de uso o explotación de activos intangibles y por lo tanto interpuso el recurso ante la Audiencia Nacional.

De hecho, la compañía se encuentra estudiando si recurre la sentencia de la Audiencia Nacional, al considerar, como explica la propia sentencia, que existen dudas razonables sobre la posibilidad de utilizar o no la deducción.

Si finalmente Pharmamar decidiera recurrir y ganase, los 5,6 millones de euros se acumularían al resto de conceptos pendientes de deducir. Esta es la razón por la que la sentencia no supondrá una salida de caja, explican en la biofarmacéutica.

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El acuerdo de Pharmamar con Ortho Biotech Products es el origen del problema

Todos estos hechos se remontan a 2011, cuando Pharmamar alcanzó un acuerdo con Ortho Biotech Products (OBI) para comercializar Yondelis en los Estados Unidos.

En esta operación, OBI, filial de Johnson & Johnson, se comprometió a realizar un pago inicial y varios abonos en función del cumplimiento de ciertos objetivos, además de una serie de regalías por las ventas.

En virtud de ese acuerdo, PharmaMar recibió 25 millones de dólares en cada uno de los años 2011, 2012, 2013 y 2014, y otros 10 millones de dólares en 2015.

La cuestión es que en su liquidación impositiva, Pharmamar aplicó una reducción fiscal asociada a estos ingresos que no procedía, según acaba de dictaminar la Audiencia Nacional.

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Pero en Pharmamar creen que esa deducción era correcta y recuerdan que la propia sentencia de la Audiencia Nacional considera que hay dudas razonables.

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