La mejor fórmula para rescatar un plan de pensiones sin pagar tantos impuestos

El rescate del plan de pensiones a través de rentas es el más eficiente desde el punto de vista fiscal y el de capital, el más oneroso

El rescate de un plan de pensiones supone rendir cuentas con Hacienda, que se lleva una parte importante de la rentabilidad obtenida durante años de ahorro.

Pero el impacto fiscal se puede minimizar dependiendo de la fórmula que se utilice para cobrar el plan de pensiones.

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Por ello, la primera pregunta que tienen que platearse los partícipes jubilados es si necesitan rescatar su plan de pensiones para mantener el nivel de vida que tenían en su etapa activa, ya que no existe obligación de liquidar el plan al llegar a la jubilación.

Puede mantener su ahorro invertido en él, realizar traspasos entre planes y seguir haciendo aportaciones desgravándose por ellas, cuyo límite es ahora de 1.500 euros

Los que decidan liquidar su plan de pensiones pueden optar por cuatro modalidades: en forma de capital, de renta, mixta y de disposiciones.

Rescate en forma de capital

Un factor a tener en cuenta es que por el rescate del plan de pensiones se tributa en la base general del IRPF como rentas del trabajo y a un tipo que, en la escala estatal, oscilará entre el 19 y el 47 por ciento.

Por ello, hay que evitar, en la medida de lo posible, rescatar el plan en forma de capital, recomiendan los expertos, ya que es la fórmula más ineficiente fiscalmente debido a que concentra el impacto fiscal en un mismo ejercicio, por lo que se tributa a un tipo marginal muy elevado.

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“Cobrarlo en forma de capital en un solo pago incrementa los ingresos a declarar, aumentando la base imponible y, dependiendo de los importes que se perciban, incrementando el tipo marginal que corresponda, lo que se traduce en un mayor pago de impuestos”, afirma Isabel Casares, secretaria general de la Organización de Consultores de Pensiones (OCOPEN).

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Expertos del Instituto BBVA de Pensiones analizan el supuesto de un jubilado que cobra una pensión de 30.000 euros y que decide rescatar un plan de pensiones en forma de capital en el que acumula derechos por valor de 25.000 euros.

Cuando haga su declaración de la renta se encontrará con que el último tramo de sus ingresos (entre 34.000 y 55.000 euros) pasará a estar gravado al 37 por ciento en vez de al 31 por ciento.

Por ello Isabel Casares recomienda analizar las consecuencias fiscales del cobro en forma de capital y tratar de evitar que el importe rescatado suponga un incremento del tramo en la tarifa.

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Supuestos en que beneficia

El rescate en forma de capital puede ser interesante para aquellos que acumulen aportaciones anteriores a 31/12/2006, ya que podrán aplicar una reducción fiscal del 40 por ciento en el importe rescatado.

Para ello es preciso solicitar el cobro en el plazo que determina la ley, que desde 2015 es de dos años desde que se produce la jubilación.

También es recomendable rescatar en forma de capital aquellos importes que se van a necesitar en el corto plazo y que no supongan un incremento drástico en la factura fiscal, y el resto del plan cobrarlo como rentas periódicas.

Cobro en forma de renta

Cobrar un plan de pensiones mediante rentas periódicas “permite distribuir el coste fiscal en distintos años, lo que genera un impacto menor en el tipo marginal de la declaración de la renta y, al poder elegir entre la modalidad de rentas a percibir, podemos adaptarlo mejor a las necesidades de la unidad familiar complementando la pensión de la Seguridad Social”, señala Isabel Casares.

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Además, en el caso de que el partícipe no cuente con otros ingresos durante la jubilación, le interesa rescatar unos importes anuales que no superen los 12.000 euros para no tener que tributar, señalan fuentes de Abante.

Las rentas pueden ser de distintos tipos: rentas aseguradas temporales o vitalicias, de cuantía y duración garantizada, o bien rentas financieras cuya cuantía o duración no están garantizada sino que dependen de la evolución del valor y rentabilidad del fondo de pensiones.

En caso de fallecimiento, las rentas pueden revertir en los beneficiarios del difunto.

Rescate mixto

La fórmula consiste en recibir una parte de lo ahorrado en forma de capital y, posteriormente, recibir una renta periódica. En este caso también es importante calcular hasta qué punto es interesante recibir una parte en capital y afrontar el incremento o no del tramo del IRPF.

“Siempre va a depender de las necesidades de cada beneficiario, pero la opción de cobro mixto es muy adecuada si se recibe el primer año de jubilación una parte en forma de capital y el resto mediante pagos de rentas periódicas”, argumenta Isabel Casares.

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El beneficiario puede decidir libremente las fechas y cuantías de los cobros, sin una periodicidad determinada.

El derecho económico pendiente de cobro también varía en función de la evolución del valor del fondo y su rentabilidad.

Nunca rescatar en pérdidas

Una máxima en el cobro de planes de pensiones es, según Paula Satrústegui, directora del área de Planificación Financiera y Patrimonial de Abante, “evitar rescatar en pérdidas”.

Los expertos recomiendan empezar a rescatar primero los planes invertidos en activos más conservadores, con menor expectativa de rentabilidad, y mantener en cartera planes con un grado más de riesgo, pero que ofrezcan una rentabilidad más alta en el medio plazo, ya que la jubilación es una etapa que se puede extender más de dos décadas y el ahorro debe seguir luchando contra la inflación.

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