UE presenta ante la OMC su denuncia a EEUU por aranceles a acero y aluminio

La Unión Europea (UE) denunció hoy formalmente a Estados Unidos ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) por la imposición[…]

La Unión Europea (UE) denunció hoy formalmente a Estados Unidos ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) por la imposición de aranceles del 10 % y 25 % a las importaciones de productos de aluminio y acero, respectivamente, informaron a Efe fuentes comunitarias.

Se trata de la formalización del anuncio efectuado ayer por la Comisión Europea (CE) de que iba a presentar una denuncia contra Washington ante la OMC, con sede en Ginebra.

En un documento de seis páginas al que ha tenido acceso Efe, la UE pide consultas con Estados Unidos bajo el sistema de resolución de disputas de la OMC por la imposición de esos aranceles.

Considera que la medida estadounidense "parece ser inconsistente con las obligaciones de Estados Unidos" bajo el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994 y el Acuerdo sobre Salvaguardias de la organización.

La UE entiende que viola el GATT porque Estados Unidos no ha "administrado sus leyes, regulaciones, decisiones y determinaciones de manera uniforme, imparcial y razonable".

Bruselas apunta al carácter discriminatorio de la medida de la Administración del presidente estadounidense, Donald Trump, al afirmar que países que no se han visto afectados por los aranceles, como es el caso de Australia, tienen ahora una ventaja sobre los que exportan los mismos productos.

Igualmente, entiende la CE que Washington "no ha determinado adecuadamente si hay un grave perjuicio o amenaza a la industria nacional" por la importación de aluminio y acero.

Además, Bruselas considera que la decisión de Washington viola el Acuerdo de Salvaguardias porque aplica medidas de este tipo "más allá del alcance necesario para prevenir o remediar un grave perjuicio" y facilitar un reequilibrio.

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Según la CE, Estados Unidos aplica medidas de salvaguardia sin limitarlas al periodo necesario para prevenir o remediar el supuesto daño a su industria, que es de hasta cuatro años, y sin introducir una progresiva liberalización en el tiempo para volver a la normalidad.

La solicitud para la celebración de consultas inicia formalmente una disputa en la OMC.

Las consultas proporcionan a ambas partes la oportunidad de discutir durante sesenta días el litigio y de hallar una solución mutuamente satisfactoria, sin tener que dar otro paso en el conflicto ante la OMC.

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Si las consultas no prosperan en esos sesenta días, la UE puede pedir a la Organización Mundial del Comercio que se establezca un panel de resolución de disputas, algo que Estados Unidos puede bloquear una única vez.

Una segunda petición de parte del demandante da lugar al establecimiento automático de dicho órgano arbitral.

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