PSOE pide que devolución de impuesto de hipotecas no espere al pago de bancos
El PSOE de Castilla y León esperará a ver la gestión que realizan el Gobierno central y la Junta respecto[…]
El PSOE de Castilla y León esperará a ver la gestión que realizan el Gobierno central y la Junta respecto a la devolución del impuesto de las hipotecas dictada por el Tribunal Supremo, aunque los socialistas defenderán que este reembolso a los hipotecados se realice con carácter "inmediato" y sin esperar que los bancos lo abonen a la Administración.
En declaraciones a Efe, el portavoz de Hacienda del Grupo Socialista, José Francisco Martín, ha reconocido que se trata de una resolución técnicamente complicada y quizás haya que esperar a una posible aclaración de la sentencia por parte del Tribunal Supremo.
Sin embargo, ha destacado que lo que queda claro es que el sujeto pasivo del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados son, a partir de que entre en vigor lo dictado en la sentencia, los bancos y que, en el caso de las hipotecas ya suscritas, el margen temporal es de cuatro años atrás.
El PSOE esperará a la gestión que realice la Junta sobre este asunto, aunque Martín ha reconocido que al tratarse de un tributo cedido por el Estado tendrá que ser el Gobierno central el que coordine el procedimiento por el que las arcas autonómicas tendrán de reembolsar estas cantidades a los contribuyentes por esta vía.
Lo que ha destacado Martín es que no puede repetirse lo ocurrido con las cláusulas suelo, que actualmente cuestan recursos públicos a todos los españoles por la creación de juzgados específicos para afrontar el atasco producido por los recursos de las entidades financieras que se muestran reticentes a devolver cantidades a los clientes que tenían esas consideradas condiciones abusivas.
En una sentencia fechada el pasado 16 de octubre pero conocida ayer, el alto tribunal establece que es la entidad prestamista, y no quien recibe el préstamo, el que tiene interés en inscribir la operación y elevarla a escritura pública.
De este modo, la sala tercera del Tribunal Supremo modifica su jurisprudencia anterior e interpreta el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y concluye que no es el prestatario el sujeto pasivo de este impuesto, sino la entidad que presta el dinero.EFE
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