Libertad total para testar, cada vez más cerca

En España no hay libertad para testar, salvo en Navarra, pero la aprobación de leyes como la de Derecho Civil Vasco otorgan al testador mayor licencia para disponer de sus bienes a su antojo, incluso pudiendo dejar a algunos de sus legitimarios 'sin un euro' de su herencia. Eso sí, para hacerlo, tendrá que...

En España no hay libertad para testar, salvo en Navarra, pero la aprobación de leyes como la de Derecho Civil Vasco otorgan al testador mayor licencia para disponer de sus bienes a su antojo, incluso pudiendo dejar a algunos de sus legitimarios 'sin un euro' de su herencia. Eso sí, para hacerlo, tendrá que cambiar de domicilio si no reside en el País Vasco.

Obtener en España total libertad para testar es una demanda que notarios, abogados y ciudadanos reclaman desde hace años y más si se tiene en cuenta que desheredar en nuestro país es casi una misión imposible. Salvo en Navarra, en que hay libertad absoluta para que el testador cumpla a su antojo sus últimas voluntades respecto a quien dejar sus bienes, en el resto de las comunidades autónomas hay que cumplir con la legítima, que obliga a dejar una parte de la herencia a los familiares directos, se quiera o no. No obstante, en los últimos años, las exigencias sobre la legítima se van flexibilizando en algunas autonomías.

Para unos, la legítima es una manera de proteger a los más desprotegidos, mientras que para otros está desfasada y hay que eliminarla del Código Civil. Para estos, la tendencia es ir a que el porcentaje de los bienes dirigido a las legítimas sea el menor posible.

Y este es uno de los objetivos que el Parlamento Vasco se propuso conseguir con la Ley de Derecho Civil Vasco. La norma, que entró en vigor en octubre de 2015, unifica el derecho civil en toda la comunidad autónoma. Entre las novedades que aporta destacan que son legitimarios los hijos, los descendientes, el cónyuge y la pareja de hecho del causante, y desparecen como legitimarios los padres y otros ascendientes.

Una de las partes de la ley que mejor acogida ha tenido es la que reconoce dos terceras partes de la herencia como de libre disposición, por lo que la legítima queda reducida a una tercera parte de la herencia, no a dos como antes. Además, se trata de una legítima colectiva, de modo que el causante puede distribuirla con total libertad entre los legitimarios, apartando a aquellos a los que no quiera dejar ningún bien. Esto es, el testador puede decidir a quién de entre sus legitimarios dejar sus bienes y dejar al resto sin nada, y en caso de elegir a varios decidir en qué proporción dejar el tercio de la legítima a cada uno. No se trata de una desheredación, pero sus consecuencias son similares.

Para Nazario de Oleaga, exdecano del Colegio de Abogados de Bizkaia, se trata de «una ley muy necesaria y muy solicitada por los ciudadanos que piden cada vez con más firmeza disponer de mayor libertad para testar».

A juicio de Elisabeth Errasti, responsable del Área Financiera y Tributaria del despacho de abogados Cuatrecasas de San Sebastián, esta ley amplía las posibilidades de planificar la sucesión y está en línea con la regulación de otros países europeos. «Creo que no se deberían imponer grandes limitaciones legales sobre cómo ordenar la sucesión».

APARTAMENTO, NO DESHEREDACIÓN

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La ley faculta la libre elección entre los legitimarios, apartando al resto, pero no es una desheredación, «se trata de un apartamento», afirma De Oleaga. «Al no ser una desheredación no cabe motivo de impugnación ni de recurso contra la voluntad del testador», según el abogado.

Andrés Urrutia, presidente de la Academia Vasca de Derecho, notario y promotor de la Ley del Derecho Civil Vasco, es de la misma opinión. «Esta ley no se utiliza para desheredar sino para transmitir la herencia a aquellos que tengan mayor necesidad o para mantener el patrimonio dentro de la familia. Esto ya existía en el Derecho Civil Vasco para impedir que el patrimonio familiar se dividiera. Lo que hemos hecho con esta ley es recuperar la libertad civil y extenderla a todos los vascos».

Recalca que hay que distinguir muy bien el apartamento de la desheredación, ya que «si yo tengo dos hijos y desheredo a uno, este desaparece de mis sucesión; pero si le aparto y elijo al otro y este fallece sin hijos, tengo que volver al hijo apartado para dejarle la legítima».

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¿CÓMO ACOGERSE A LA LEY?

Pueden acogerse a esta ley los ciudadanos que tengan vecindad civil vasca. Esta se adquiere por nacimiento o por una residencia continuada durante dos años en el País Vasco, siempre que el interesado manifieste esa voluntad, o por residencia continuada de diez años. Ambas declaraciones se harán constar en el Registro Civil. También puede aplicarse a aquellos causantes extranjeros cuya última residencia habitual haya estado en el País Vasco, salvo que opten por la ley sucesoria de su nacionalidad.

A pesar de estas opciones, los expertos reconocen que no son muchos los ciudadanos de otras comunidades que optan por mudarse al País Vasco para acogerse a estos beneficios de la ley.

«Turismo testamentario siempre ha habido», señala Urrutia, «pero es complicado que ciudadanos de otras comunidades cambien su residencia para acogerse a esta ley, porque el tratamiento fiscal del impuesto de sucesiones y donaciones es muy diferente en las distintas autonomías».

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Errasti apunta que puede darse el caso de que se produzcan cambios de residencia pero no en gran medida. «No creo que vayamos a ver muchos cambios de domicilio al País Vasco por dicho motivo, ya que el cambio debe de ser real y eso suele resultar complicado. Navarra tiene también una gran libertad en ese sentido y no por ello se han producido grandes movimientos hacia esa comunidad para poder aplicar al derecho sucesorio navarro». Apunta que «a la hora de analizar un posible cambio de domicilio hay que tener en cuenta también la fiscalidad y considerar el impacto de dicho cambio en impuestos como Patrimonio o Sucesiones».

Para Nazario de Oleaga, «una cosa es el deseo y otra la realidad. Es muy difícil que un ciudadano cambie su residencia, pero habrá que valorar de cuánto dinero se está hablando. Es más factible que las leyes se vayan actualizando en este sentido en otras comunidades autónomas si los ciudadanos lo demandan, como ha ocurrido en el País Vasco».

Por su parte, Urrutia espera que la ley «provoque un debate nacional sobre el sistema de legítimas del Código Civil español en el que se plantee: legítima sí o legitima no. Hay que plantearse si las legítimas juegan hoy el papel que jugaban en el siglo XIX, cuando se dictó el Código Civil».

AUMENTAN LAS CONSULTAS

El hecho es que desde que se aprobó esta ley han aumentado las consultas a los despachos de abogado y a las notarías interesándose por ella. «El número de consultas y de otorgamiento de testamento ha aumentado un tercio. Los ciudadanos preguntan mucho y han renovado en gran medida los testamentos, pero no especialmente para apartar. Los apartamentos no son tan frecuentes como se piensa», afirma Urrutia.

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En cuanto a la aplicación práctica de dicha Ley, Errasti también ha detectado «mucho interés» por parte de los testadores y apunta que «este es un buen momento para reflexionar acerca de cómo ordenar la sucesión y para adaptar los actuales testamentos aprovechando la flexibilidad introducida por la nueva ley».

CLAVES DE LA LEY DE DERECHO CIVIL VASCO

Son legitimarios los hijos, los descendientes, el cónyuge y la pareja de hecho del causante.

La legítima queda reducida a una tercera parte de la herencia, las otras dos terceras partes son de libre disposición.

La legítima es colectiva, el causante puede distribuirla con libertad entre los legitimarios.

El testador puede apartar a algunos legitimarios y dejarles sin herencia.

LA OPINIÓN DE LOS EXPERTOS

Andrés Urrutia, presidente de la Academia Vasca de Derecho

«Espero que esta ley provoque un debate nacional sobre el sistema de legítimas del Código Civil en el que se plantee: legítima sí o legítima no»

Nazario de Oleaga, exdecano del Colegio de Abogados de Bizkaia

«La Ley del Derecho Civil Vasco es necesaria y muy solicitada por los ciudadanos que piden cada vez con más firmeza disponer de mayor libertad para testar»

Elisabeth Errasti, Cuatrecasas San Sebastián

«Con la nueva norma se amplían las posibilidades de planificar la sucesión y está en línea con la regulación de otros países europeos »

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