El Gobierno de Aragón decreta el cierre del ejercicio presupuestario de 2018

El Boletín Oficial de Aragón publica hoy la orden del Departamento de Hacienda y Administración Pública que establece el cierre[…]

El Boletín Oficial de Aragón publica hoy la orden del Departamento de Hacienda y Administración Pública que establece el cierre del ejercicio presupuestario 2018 y la apertura del ejercicio 2019.

Tal y como establece la Ley de Hacienda, el presupuesto de cada ejercicio se liquidará, en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones, el 31 de diciembre del año natural, pero la norma atribuye al Departamento de Hacienda la competencia para regular las operaciones de cierre contable del ejercicio con la finalidad de facilitar la gestión en todas las entidades del sector público autonómico, así como ordenar el proceso de liquidación del ejercicio para la formación de la Cuenta General.

Según informan fuentes del Gobierno de Aragón, la orden fija los plazos para la tramitación de los documentos contables, para la contabilidad de las operaciones presupuestarias y financieras y para la rendición de cuentas anuales.

Dichos plazos e instrucciones serán de aplicación para todos los departamentos de la Administración, así como para todos sus organismos públicos con presupuesto limitativo.

Por lo que respecta a las modificaciones presupuestarias, la orden establece que los expedientes que deban autorizarse deberán tener entrada en la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería, debidamente documentados, antes del 15 de noviembre, aunque con algunas excepciones.

Entre ellas, las necesarias para la imputación de nóminas o gastos de persona; las bajas por anulación, las necesarias para ajustar los créditos de los organismos autónomos y entidades de derecho público a los efectivamente consignados, las que sean consecuencia de operaciones externas a la administración autónoma o las que las que afecten a los capítulos III y IX.

En cuanto a la contabilidad de las operaciones presupuestarias de gastos, el último día para contabilizar documentos en el presupuesto de 2018 será el 31 de enero de 2019.

El documento publicado hoy en el BOA incluye también información relativa a la imputación de gastos de personal, anticipos de caja fija, pago de mandamientos, transferencia de saldos a la Tesorería y operaciones de ingresos.

Por lo que respecta a la autorización de excepciones alterando el programa de cierre contable en la tramitación de expedientes, el consejero de Hacienda y Administración Pública podrá autorizar dicha tramitación solo por causas excepcionales y previa petición del Departamento correspondiente, motivando dicha excepcionalidad.

En lo relativo a la apertura del ejercicio 2019, a partir del primer día hábil del próximo año la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería procederá a la apertura del presupuesto mediante la carga informática de todas las estructuras presupuestarias, del importe de los créditos iniciales e ingresos estimados y de la plantilla presupuestaria aprobada en el ejercicio.

En el caso de que el día 1 de enero no exista un presupuesto aprobado, se prorrogará el presupuesto del ejercicio 2018.

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