Cataluña: donde más IRPF pagan los que menos ganan
Cataluña es la comunidad autónoma donde las rentas más bajas pagan más por el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) y Madrid donde menos se tributa por este concepto, independientemente de la renta del contribuyente. Ante estas diferencias, los expertos del REAF creen necesaria una armonización de los tributos propios de las comunidades autónomas que ponga fin a la actual «jungla normativa».
Cataluña es la comunidad autónoma donde las rentas más bajas pagan más por el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) y Madrid donde menos se tributa por este concepto, independientemente de la renta del contribuyente. Ante estas diferencias, los expertos del REAF creen necesaria una armonización de los tributos propios de las comunidades autónomas que ponga fin a la actual «jungla normativa».
Existe «cierto caos normativo» en la fiscalidad autonómica y foral en España que provoca grandes diferencias en el trato tributario a los contribuyentes dependiendo de la región en la que vivan, según establece el informe 'Panorama de la fiscalidad autonómica y foral 2018', elaborado por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas. Pero, a pesar de esta «jungla normativa», las comunidades autónomas no cesan de 'producir' normas relacionadas con la fiscalidad.
El REAF ha contabilizado un total 82 impuestos propios que representan solo el 2,2 por ciento de la recaudación tributaria de las comunidades autónomas y 732 reducciones, bonificaciones y deducciones.
Para Valentín Pich, presidente del Consejo General de Economistas de España, «resulta excesivo el constante debate sobre la corresponsabilidad fiscal, es decir, la subida o bajada de impuestos por parte de las CC AA con el consiguiente incremento o reducción de sus ingresos por impuestos, ya que, en torno al 50 por ciento de sus ingresos tributarios no son controlados por ellas, porque corresponden al IVA y a los impuestos especiales sobre los que no tienen capacidad normativa».
Según el estudio del REAF, las previsiones de ingresos tributarios estatales y autonómicos para 2017 superan los 200.000 millones de euros, impulsados por el crecimiento económico del país y los cambios normativos.
Estos cambios se han decantado en los últimos años por bajar el impuesto sobre sucesiones y subir los de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, relacionados con la compra de viviendas. Respecto al IRPF y patrimonio no se ha establecido una tendencia clara ni homogénea entre las autonomías.
En 2017 apenas se crearon tributos, a excepción de Cataluña, que reformó el impuesto sobre grandes establecimientos comerciales y creó el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, el impuesto sobre el riesgo medioambiental de la producción, manipulación, transporte, custodia y emisión de elementos radiotóxicos; el impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas; el impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica y el impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas. Cataluña es la autonomía con mayor número de tributos propios, 18, tres de ellos declarados inconstitucionales.
También es la región en la que mayor carga fiscal por IRPF soportan las rentas más bajas, al contrario que Madrid, que es donde menos se paga, mientras que la Comunidad Valenciana es donde más tributan las rentas más altas y Extremadura donde más pagan las rentas medias.
Los asesores fiscales del Consejo General de Economistas ilustran estas diferencias con el ejemplo de un contribuyente soltero, sin hijos, menor de 65 años y que solo obtiene rentas del trabajo. Si su renta es de 16.000 euros al año, pagaría en Cataluña 1.611 euros y en Madrid 1.434. Si esta misma persona ganara al año 600.000 euros, en Cataluña pagaría 270.583 euros, en Madrid 249.525 euros y en la Comunidad Valenciana 273.788 euros. (Ver tabla comparativa).
Respecto al impuesto sobre el patrimonio, Aragón y Extremadura son las comunidades donde más se tributa, mientras que en Madrid no se paga nada.
ANDALUCÍA, LA MEJOR REGIÓN PARA HEREDAR
Los cambios de mayor calado producidos este año en la fiscalidad autonómica inciden en el impuesto sobre sucesiones y donaciones. Respecto a él, Andalucía, Asturias, Castilla y León, Extremadura y Murcia han seguido la estela marcada por Madrid y han rebajado este tributo para familiares directos. Al contrario que Cantabria y Navarra que lo han subido.
Tras estas reducciones, Andalucía es la comunidad en la que es más barato heredar, con una deducción del cien por cien para los capitales menores de un millón de euros. Mientras que Aragón es en la que más caro resulta ser el destinatario de una herencia.
Los expertos del REAF ponen como ejemplo el caso de un soltero de 30 años que hereda bienes de su padre por valor de 800.000 euros, de los que 200.000 corresponden a la vivienda del fallecido. En este caso, los residentes en Andalucía no tributarían nada y los de Canarias pagarían 134 euros. Los aragoneses son los más 'castigados', con 155.393 euros, seguidos por los asturianos que aportarían a las arcas autonómicas 103.135 euros.
Si en este caso en vez de tratarse de una herencia fuera una donación, Andalucía sería la comunidad con la tributación más elevada, 208.159 euros, y la más baja Canarias con 200 euros.
ARMONIZACIÓN DE TRIBUTOS
Ante tanta diversidad de impuestos autonómicos, los asesores fiscales de REAF aseguran que antes de crear uno debería ser obligatorio realizar un análisis coste-beneficio por parte de las autonomías, principalmente en el caso de los impuestos medioambientales, pues en muchos de ellos, los costes derivados de su establecimiento superan a la recaudación obtenida.
También aseguran que la «jungla» de normativas autonómicas sobre tributos propios complica el conocimiento de la fiscalidad existente, «máxime si, como está ocurriendo en los últimos años, las autonomías, cuando deciden no aplicar un impuesto, optan por suspenderlo en vez de derogarlo, como sería más razonable».
Por todo ello, consideran que «sería conveniente una armonización de los tributos propios que contemplara hechos imponibles, bases imponibles y cuotas tributarias».