El perfil de riesgo, un traje a medida para evitar los productos de inversión complejos

La clave para gestionar bien el riesgo pasa por saber controlarlo. Elaborar un buen perfil de riesgo es imprescindible

El riesgo se define de manera estricta como la volatilidad de las rentabilidades, aunque en la práctica este concepto se suele asimilar con la probabilidad de que una determinada inversión genere pérdidas.

La idea fundamental que todos los inversores deben tener clara es que no existe rentabilidad sin riesgo. Y al revés, a menor riesgo asumido, menor rentabilidad. Por eso, cuanto más rentable se pretenda que sea una inversión, mayores riesgos habrá que asumir.

En momentos convulsos, conocer el perfil de riesgo es crítico. Por ejemplo, la pandemia del coronavirus ha cambiado el perfil de riesgo de los inversores españoles. Lo que más preocupa es no asumir grandes riesgos y esquivar la volatilidad. 

La clave para gestionar bien el riesgo pasa por saber controlarlo. Uno de los conceptos críticos es la asimetría entre pérdidas y ganancias. Si una inversión por valor de 100 euros cae un 50%, el inversor no se recuperará con una subida del 50%, sino que necesitará un rebote del 100%.

Con estos conceptos claros, es tarea de los inversores definir qué pérdidas máximas están dispuestos a tolerar y en qué horizonte temporal se van a manejar y con qué objetivos. Y aquí es donde entra en juego el perfil de riesgo.

¿Qué es el perfil de riesgo?

Según la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el perfil de un inversor “se define por la relación que existe entre los riesgos que está dispuesto a asumir y los rendimientos que espera obtener”.

De esta forma, se puede distinguir entre inversores con perfil conservador, medio y agresivo. Los primeros son los que no están dispuestos a perder nada, y por tanto, también estarán dispuestos a aceptar bajas rentabilidades.

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Lo importante es que “el nivel de riesgo que cada inversor asuma debe permitirle sentirse cómodo con su decisión”, argumenta la CNMV. También hay que tener claro que no existe un perfil de riesgo determinado que encaje como anillo al dedo.

Pero lo que sí resulta fundamental es que los inversores se esfuerce por tener claro en qué perfil se encuadran de manera realista. Por ejemplo, uno no se puede definir como conservador y pretender ganar el 6% con los tipos de interés próximos a cero.

Objetivos y situación financiera

Por eso, es imprescindible que el riesgo de una inversión esté en consonancia con la situación financiera del inversor y sus objetivos y el horizonte temporal.

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Así, quien sepa que puede necesitar el dinero en unos meses, tendrá que buscar alternativas de poco riesgo y elevada liquidez a cambio de una menor rentabilidad esperada.

“Una vez que conozcamos nuestro perfil debemos ser capaces de encontrar un producto apropiado para ese perfil: debemos ser conscientes del nivel de riesgo que asumimos en cada producto que contratemos”, argumenta la CNMV.

La edad también juega un papel importante. Lo normal es que los inversores tiendan a ser más conservadores a medida que van pasando los años, porque es justo cuando se incrementan sus necesidades de liquidez a corto plazo.

Un traje a medida

Para intentar definir los perfiles de riesgos y reforzar la protección de los pequeños inversores, se aprobó a nivel europeo una directiva conocida como Mifid II.

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“Se trata de una norma que, además de abordar otras muchas cuestiones, obliga a las entidades a conocer el perfil de riesgo de sus clientes inversores y desaconsejar, de ser necesario, la inversión en productos financieros complejos”, explica el Banco de España.

En la práctica, esto se plasma en la obligación que tienen las entidades financieras de hacer a sus clientes un test de conveniencia para evaluar sus conocimientos, experiencia, situación financiera y objetivos.

Esta especie de “traje a medida” será el que permita a las entidades segmentar a los clientes en función de su perfil de riesgo, para posteriormente ofrecer productos de inversión de acuerdo con este perfil.

Vigilar los productos complejos

El test de idoneidad debe recoger información sobre los estudios y la profesión del cliente, además de los instrumentos financieros con los que está familiarizado.

En todo momento, la entidad financiera debe informar al cliente del resultado del test de idoneidad. Y en caso de que el cliente no proporcione la información necesaria, la entidad tendrá que advertirle de que no ha podido cumplir con su obligación.

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Para contratar un producto considerado no complejo, la entidad advertirá de que no tiene obligación de determinar si el producto es adecuado o no. Por lo tanto, ejecutará la orden de compra. Este supuesto se denomina “sólo ejecución”.

Pero si la operación se realiza sobre un producto complejo, y el test así lo muestra, el cliente deberá firmar un documento manuscrito que dirá "este producto es complejo y se considera no conveniente para mí", apunta la CNMV.

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