Liberbank, obligado a aplicar el sistema de clasificación de oficinas

La Audiencia Nacional ha obligado a Liberbank a establecer un sistema de clasificación conforme al convenio colectivo, por lo que[…]

La Audiencia Nacional ha obligado a Liberbank a establecer un sistema de clasificación conforme al convenio colectivo, por lo que la entidad deberá consolidar las categorías laborales a los directores y subdirectores de oficina afectados, a quienes tendrá que abonar las diferencias salariales.

Así lo acuerda la sala de lo Social, que estima la demanda interpuesta por CCOO y exige a Liberbank, fruto de la unión de Cajastur-Banco CCM, Caja Cantabria y Caja Extremadura, que informe a los representantes de los trabajadores tanto de dicho sistema como de su método de comprobación, tal y como exigía el sindicato.

En su demanda, a la que posteriormente se adhirieron otras secciones sindicales, CCOO señalaba al banco por haber incumplido con este deber en los últimos tres ejercicios en los que la empresa no abonó las diferencias salariales derivadas del reajuste en la clasificación, que determina la retribución mínima de los directores y subdirectores de oficinas y los posibles complementos.

Liberbank alegó que la información hasta 2014 ya había prescrito, mientras que para 2015 expuso que no se habrían producido diferencias salariales entre lo abonado a los responsables de las sucursales y lo que habrían percibido éstos de consolidarse sus categorías.

Ahora la sala considera, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, que el banco no aportó datos precisos en los que pudieran comprobarse los parámetros usados en las oficinas para determinar el salario de sus directores y subdirectores.

Tras conocer el fallo, CCOO ha mostrado su satisfacción ante una sentencia que "va a beneficiar a muchas personas, porque a Liberbank no le va a quedar más remedio que cumplir las normas de verdad", aunque ha lamentado el "pasotismo" de otros sindicatos mayoritarios.

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