El juez de caso Rato deberá motivar negativa a devolver documentos incautados
La Audiencia Provincial de Madrid ha exigido al juez que investiga el origen del patrimonio del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo[…]
La Audiencia Provincial de Madrid ha exigido al juez que investiga el origen del patrimonio del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato a que motive su negativa a devolver la documentación no amparada por el auto de entrada y registro de abril de 2015, cuando se destapó el caso.
Anula así la resolución dictada en 2017 por el magistrado Antonio Serrano-Arnal, donde recordaba que meses antes había ordenado la destrucción de los papeles que no sirvieran a la ONIF, Oficina Antifraude dependiente de Hacienda, pero en la que, sin embargo, obvió el resto de peticiones, lo que para el tribunal supone "un clamoroso supuesto de incongruencia por silencio".
En su escrito, al que se adhirió la defensa del abogado Domingo Plazas, Rato solicitaba que se completara la documentación, en soporte físico o digital, empleada por la ONIF en sus informes y que aún no había sido entregada, así como los archivos incautados considerados no "útiles para la causa".
Ahora la Sección 23 de la Audiencia Provincial expone en su auto, adelantado hoy por La Información y al que ha tenido acceso Efe, que la postura del juez instructor "no satisface" los parámetros que exige la Constitución para "sustentar la validez de una decisión judicial".
Por ello, reprocha al titular del juzgado de Instrucción número 31 de Madrid que no se pronunciara sobre el "núcleo" de las pretensiones de la defensa, comprometiendo la "racionalidad" de lo acordado, y obligando a Rato a "defenderse en segunda instancia (...) sin poder combatir las decisiones en las que se basa" tal denegación.
Ante esto, "el único medio razonable y proporcional a la gravedad del defecto en la resolución es su nulidad", concluye la Sección 23, que ya el pasado 5 de diciembre ordenó se devolviera al expresidente de Bankia el acceso "sin restricción" de todos los documentos incautados durante el registro dado su "derecho incólume" de defensa.
En concreto, reconocía la potestad de Rato a acceder a las 28 cajas de documentación en papel, unos 46.000 folios, y a los 80.000 correos electrónicos volcados, a excepción de aquellos sobre los que pudiera pesar aún el secreto de sumario.
Según expresaba la abogada del exministro en su recurso, "de tamaño volumen" se le ha entregado tan sólo una ínfima parte: siete cajas "prácticamente vacías en marzo de 2017, y solamente 2 soportes DVD (no diez) en septiembre de ese mismo año".
Asimismo, la Audiencia Provincial rechazó entonces cualquier investigación de los fondos de una de las hijas de Rato, al entender que ella no es objeto del procedimiento ni de la pieza separada de responsabilidad civil, en la cual ratificó la fianza de 18 millones de euros.
Precisamente para ese mismo día estaba prevista la declaración del que fuera cuñado del ex director gerente del FMI, Santiago Alarcó, así como la ratificación del peritaje propuesto por la defensa; sin embargo, ambas pruebas fueron suspendidas por cuestiones procesales del propio juzgado.