La justicia da la razón a Abengoa sobre su rescate fallido

La Audiencia Provincial de Sevilla rechaza las medidas cautelares contra el rescate de Abengoa impugnado por los minoritarios

La justicia sevillana da la razón a Abengoa sobre el primer plan de reestructuración anunciado el pasado 6 de agosto, el cual ya no tiene validez pues la compañía se declaró en concurso de acreedores al no poder cerrar dicho plan, conocido como la ‘Operación Vellocino’. 

La Audiencia Provincial de Sevilla rechaza la petición de 56 accionistas minoritarios de Abengoa de imponer medidas cautelares contra el plan de rescate de estos inversores agrupados bajo la plataforma Abengoashares

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Los minoritarios alegaban que dicho plan se había aprobado únicamente con el visto bueno de los acreedores y proveedores sin tener el consentimiento y la autorización de la junta de accionistas que, según sus argumentos, lo hubiese tumbado. 

Suscripción de la operación

Sin embargo, el juez de lo Mercantil considera que en el consejo donde se trazó ‘Vellocino’, capitaneado en aquel momento por Gonzalo Urquijo, no hubo “acuerdo alguno” sobre la suscripción de una operación de reestructuración. 

Por el contrario, los accionistas alegaban que era “indiscutible” la existencia de dicha refinanciación y que por ello debía haber sido debatida, estudiada y aprobada por la junta de accionistas 

Unos accionistas que se agarraron a los propios hechos relevantes remitidos por la compañía sevillana a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) donde se informaba de las decisiones al respecto. 

Argumentos desde el 19 de mayo 

Abengoashares, organizada ahora bajo una sindicatura que cuenta con el 17% del capital social de la compañía, señala que ya en la primera comunicación de la multinacional al mercado, el 19 de mayo, se exponía la situación que ellos denuncian. 

Aquel día, la ingeniera señaló que precisaba de una serie de medidas para solventar la situación de desequilibrio patrimonial, que era de 153 millones de euros, y que a la postre desembocó en el rescate anunciado el 6 de agosto. 

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Los demandantes denunciaron que en esta otra comunicación al supervisor se detallaba como un plan de reestructuración acordado y pactado con acreedores y proveedores. Por tanto, según Abengoashares, era “indiscutible” el plan. 

Los accionistas no accedieron a la documentación 

La Sección Quinta señala que los demandantes no tuvieron acceso al contenido, tal y como ellos mismos reconocieron y, por tanto, su alegato se basaba únicamente en los envíos de documentación de la empresa a la CNMV. 

Para el juez, esta documentación, la referida al 6 de agosto, se refería únicamente a la aprobación de la información financiera intermedia correspondiente al primer trimestre de 2020. 

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Por ello, los argumentos de los accionistas son puras deducciones y suposiciones que no son acordes con la realidad. 

Un acuerdo necesario 

Además, la Audiencia señala que el acuerdo, al que califican de “convenio” con los participantes en el rescate “era necesario para intentar la continuidad de la sociedad que atravesaba una delicada situación económica”. 

En lo que la justicia sí está de acuerdo con los apelantes es en el hecho de que la firma de un acuerdo de este calibre debe producirse y emanar del órgano de administración de la sociedad. Es decir, la junta de accionistas. 

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