¿Quién cubre los daños de mi vivienda ocasionados por lluvias torrenciales?

Normalmente se suelen cubrir las inundaciones si se acredita que llovió más de 40 litros por metro cuadrado y tendrían que cubrirlo el Consorcio de Compensación de Seguros o su aseguradora. Sin embargo...

Las últimas lluvias torrenciales han causado numerosos desperfectos en la vivienda de vacaciones de M. H. y quiere saber qué procedimiento tiene que seguir para reclamar los daños. Adriana Hibernón, abogada de ARAG, le responde que para saber quién se hace cargo del daño es necesario aclarar por dónde ha entrado el agua. Si ha sido por los bajos, es decir, si entra de abajo hacia arriba, ya sea de la calle o porque se ha desbordado una alcantarilla, lo cubrirá el Consorcio de Compensación de Seguros por el hecho de tener suscrita con cualquier entidad aseguradora una póliza con cobertura de daños en los bienes. En cambio, si el agua entra de arriba hacia abajo, deberá asumirlo la compañía aseguradora. 

Normalmente suelen cubrir las inundaciones si se acredita que llovió más de 40 litros por metro cuadrado. A partir de este volumen se entiende que el aislamiento de un edificio adecuadamente mantenido puede fallar y presentar daños. Para ello, debemos dar parte a nuestro seguro, ya sea a través de nuestro mediador o comunicándolo de forma fehaciente al seguro en cuestión. En este caso, existe un plazo máximo, según ley, de 7 días para comunicar el siniestro desde que se tenga conocimiento del mismo. Salvo que se haya fijado por póliza, que entonces existe un plazo más amplio. En caso de incumplimiento, la compañía podrá reclamar los daños y perjuicios causados por la falta de declaración.

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