¿Cómo tributar lo mínimo por la venta de una vivienda?

Sepa qué proceso deben seguir para salir fiscalmente lo menos gravado en la venta de una vivienda y conozca qué requisitos habría que realizar para obtener esas ventajas fiscales.

J. L. B. y su esposa tienen más de 85 años y hacen la declaración de la renta por separado. Desean vender su vivienda al 50 por ciento y les gustaría que nuestros expertos les indicaran qué proceso deben seguir para salir fiscalmente lo menos gravados posible y qué requisitos habría que realizar para obtener esas ventajas fiscales.

Antonio Paredes, experto tributario de Gestha, le responde que hay que tener en cuenta que el artículo 33.4.b. de la Ley del Impuesto sobre la Renta señala que están exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión por mayores de 65 años de su vivienda habitual (que para ser así considerada, entre otros requisitos, debe haber sido utilizada como tal durante más de tres años), así como por las personas que se encuentren en situación de dependencia severa o de gran dependencia de conformidad con la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

La exención también se aplica a la transmisión de la nuda propiedad (propiedad que carece de usufructo) de la vivienda habitual por su titular, reservándose éste el usufructo vitalicio sobre dicha vivienda. Por tanto, de acuerdo con los datos aportados, la venta de la vivienda, incluso de su nuda propiedad, estará exenta de tributación.

En portada

Noticias de