CE impone medidas antidumping definitivas a importación china de chapas acero

La Comisión Europea (CE) decidió hoy imponer derechos antidumping definitivos a las importaciones de determinadas chapas gruesas de acero sin[…]

La Comisión Europea (CE) decidió hoy imponer derechos antidumping definitivos a las importaciones de determinadas chapas gruesas de acero sin alear o de otros aceros aleados originarias de China.

A raíz de una investigación abierta en febrero de 2016 sobre estas importaciones, la CE halló que empresas chinas vendían estos productos en la Unión Europea (UE) por debajo de su valor normal de mercado, con un margen de dumping de entre el 120 % y el 127 %.

La Comisión explicó en un comunicado que esta "competencia desleal" causa daños materiales a los productores de la UE, en especial en los beneficios y en el retorno de las inversiones.

Así, la CE decidió imponer un derecho antidumping a las importaciones chinas de chapas gruesas de acero de entre el 65 % y el 73 %.

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Según indicó, esos derechos son los mismos que los impuestos de manera provisional en octubre pasado y están al nivel del margen de perjuicios, sobre la base de la llamada "regla del derecho inferior".

La actual legislación europea impone un máximo a los derechos antidumping a través de esa regla, consistente en la aplicación de un derecho con el fin de eliminar los efectos del dumping en las importaciones de un producto en concreto, que se determinará en función del nivel de dumping o de los perjuicios a la industria, el que sea inferior.

"Las medidas definitivas anunciadas hoy ayudarán a proteger a los productores de acero de la UE de los efectos dañinos del dumping chino", afirmó el Ejecutivo comunitario.

La UE mantiene actualmente en vigor un número "sin precedentes" de medidas de defensa comercial frente a importaciones desleales de productos de acero, con un total de 41 antidumping y antisubsidios, de las cuales dieciocho se refieren a artículos procedentes de China.

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