Trading: ¿cómo se tributa en la Declaración de la Renta?
Hay que saber tributar correctamente sin caer en el fraude fiscal. De no saber hacerlo, tenemos que ponernos en manos[…]
Hay que saber tributar correctamente sin caer en el fraude fiscal. De no saber hacerlo, tenemos que ponernos en manos de profesionales. Puedes tener CFDs y ETFs con un bróker de España y futuros o Forex con un americano. Los gestores, en ocasiones, se sienten perdidos ante tanta palabra con siglas. Tributamos por toda la renta con independencia de en qué país se consiga. El IRPF tiene dos tipos de renta: la del ahorro y la general.
El trading se grava al tipo impositivo del ahorro y este se divide en dos: rendimiento de capital mobiliario (intereses, dividendos, participaciones en beneficios, rentabilidad por bonos, letras, obligaciones...) y ganancias y pérdidas patrimoniales que derivan de una transmisión como venta de acciones, participaciones...
¿Cómo se tributa? Imagina que Pepe tiene un total de rentas del ahorro (base imponible del ahorro) de 10.000 euros. Los primeros 6.000 euros tributan al 19 por ciento (1.140 euros) y los restantes 4.000 al 21 por ciento (840 euros) Total 1.980 euros.
¿Qué ocurre si opero en acciones, CFDs, futuros, opciones, opciones binarias, warrants o Forex? Al realizar una venta o una compra generaré una ganancia o pérdida patrimonial (viene de la diferencia entre el valor de mi entrada en el mercado, sea compra o venta, y de mi salida del mismo).
Lo que salga pasa a la base del ahorro. En las acciones, la novedad es que, desde el 1 de enero del 2017, la venta de derechos de suscripción preferente al mercado secundario tributa como ganancia patrimonial. Los intereses, dividendos y las rentas por letras, bonos y obligaciones van al rendimiento del capital mobiliario.