¿Tengo que informar a mi aseguradora sobre unos muebles que he adquirido?
El tomador del seguro tiene la obligación de declarar a la compañía aseguradora todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. Sería conveniente actualizar...
C. T. ha cambiado los muebles de su domicilio y en ellos ha invertido una cantidad considerable de dinero. Por ello, pregunta a nuestros expertos si tiene que informar a la compañía con la que tiene contratado su seguro de hogar de la renovación del mobiliario y si debe ajustar el capital asegurado al valor que tienen sus nuevos muebles.
Javier Sanguino, abogado de Arag, le responde que sí. A su juicio, de acuerdo con la Ley de Contrato de Seguro, el tomador del seguro tiene la obligación de declarar a la compañía aseguradora todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo.
En este caso, si el valor de esos muebles es superior, esto influye directamente en la valoración del contenido del seguro de hogar y, por lo tanto, sería conveniente actualizar el capital asegurado para evitar que pueda darse un problema de infraseguro en el caso de que se produzca un siniestro, es decir, que el capital asegurado sea inferior al valor real del contenido de la vivienda asegurada.
Esto implicaría que en caso de siniestro la compañía de seguros no pagaría la totalidad del daño, que se pudiera producir sino solo una parte del mismo.