¿Puedo cancelar un seguro vinculado a un préstamo?
Es posible porque la normativa no exige que tenga que disponerse de una póliza de seguros. Lo que sí es obligatorio es tener un seguro básico en relación a la vivienda hipotecada que cubra fundamentalmente el riesgo de incendio.
B. H. pregunta a nuestros expertos si puede cancelar un seguro que contrató y que está vinculado a un préstamo bancario y qué procedimiento tiene que seguir para cancelarlo.
Javier Sanguino, abogado de Arag, le responde que con carácter general es posible cancelar una póliza de seguro aunque esté vinculada a un préstamo hipotecario, puesto que en ningún caso la normativa exige que tenga que disponerse obligatoriamente de una póliza de seguros. Lo que sí es obligatorio, de acuerdo a la normativa hipotecaria, es disponer de un seguro básico en relación a la vivienda hipotecada que cubra fundamentalmente el riesgo de incendio.
En base a lo dispuesto por la Ley de Contrato de Seguro deberá notificar la no renovación de la póliza como mínimo un mes antes de la fecha prevista de vencimiento para evitar la renovación automática. Asimismo, es conveniente revisar las condiciones del préstamo para asegurarse de que la entidad de crédito no aplicará un interés mayor si no se dispone de alguna póliza de seguro, ya que algunas entidades condicionan el tipo de interés aplicable a disponer de una mayor vinculación con esa entidad o a la contratación de coberturas complementarias como puede ser un seguro de vida.