La Seguridad Social deniega la pensión de jubilación a los trabajadores que no cumplan este requisito
Para poder cobrar una pensión de jubilación, hay que cumplir dos condiciones: edad legal de jubilación y cotizar durante un tiempo mínimo
La pensión de jubilación es una de las más comunes dentro del sistema de la Seguridad Social. De los más de 9 millones de beneficiarios, se estima que aproximadamente 7 millones son jubilados, es decir, personas que se han retirado y cobran una cuantía mensual.
Se trata de una prestación económica que garantiza a los trabajadores un ingreso una vez que alcanzan la edad legal para retirarse del mercado laboral. En España, este sistema está gestionado por la Seguridad Social, y en 2025 sigue siendo uno de los pilares fundamentales del bienestar social.
Existen dos tipos de pensiones de jubilación: contributiva y no contributiva. La primera la reciben quienes han cotizado al menos 15 años. La segunda está dirigida a personas que no han alcanzado la cotización necesaria. Tiene una cuantía mensual fija de algo más de 500 euros.
Para acceder a la pensión contributiva es necesario cumplir con dos requisitos esenciales: la edad legal de jubilación y un período mínimo de cotización.
En 2025, la edad legal para jubilarse es de 66 años y 8 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses. Para quienes hayan cotizado al menos 38 años y 6 meses, la edad legal se mantiene en 65 años. La edad de jubilación irá aumentando progresivamente hasta 2027 con el objetivo de garantizar la sostenibilidad del sistema ante el envejecimiento de la población.
Qué personas no pueden cobrar la pensión de jubilación
No obstante, la Seguridad Social advierte que no todos los jubilados, concretamente los trabajadores autónomos, que por mucho que cumplan los requisitos, no cobrarán la pensión. Si tienen cuotas pendientes con la Seguridad Social, podrían ver denegada su pensión, siempre y cuando no regularicen su situación dentro del plazo que les otorgue la administración tras recibir una notificación oficial.
De hecho, Cuando un trabajador autónomo solicita la pensión y la Seguridad Social detecta cuotas pendientes, no se rechaza la solicitud de forma automática. En su lugar, la administración envía una invitación al pago, un aviso para que el solicitante pueda regularizar su situación en un plazo determinado.
Esta medida está contemplada en el artículo 47 de la Ley General de la Seguridad Social, que establece como requisito indispensable para cobrar la pensión estar al corriente en el pago de las cotizaciones cuando el propio trabajador es responsable de ingresarlas.
Como hemos mencionado anteriormente, esto afecta especialmente a los trabajadores por cuenta propia, quienes deben abonar sus cuotas mensuales y, por tanto, asegurar sus cotizaciones para la futura jubilación. En cambio, para los empleados por cuenta ajena, el pago de las cotizaciones recae en la empresa, lo que protege el derecho a la pensión del trabajador, incluso si la empresa tiene deudas con la Seguridad Social.
Por ello, un autónomo que cotice bajo el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y tenga cuotas impagadas no podrá acceder a la pensión de jubilación, aunque cumpla con la edad y los años cotizados necesarios.
Cálculo y cuantía de la pensión de jubilación
La cuantía de la pensión de jubilación se calcula en función de las bases de cotización del trabajador y los años cotizados. Para determinar la pensión, se toma como referencia la base reguladora, que en 2025 se calcula sobre los últimos 25 años de cotización.
Cabe señalar que el porcentaje aplicable sobre la base reguladora depende del número de años cotizados. Para recibir el 100% de la pensión, es necesario haber cotizado un mínimo de 37 años y 3 meses en 2025. Si se tienen menos años cotizados, la pensión se reduce proporcionalmente.
En términos de cuantía, la pensión media de jubilación en España ronda los 1.300 euros mensuales, aunque varía según la carrera laboral de cada trabajador. Además, existen complementos para garantizar una pensión mínima, que para 2025 se sitúa en torno a los 900 euros mensuales, dependiendo de las circunstancias personales y familiares.