Se acaba el plazo: la fecha límite en la que los mutualistas pueden cobrar la devolución del IRPF
Los pensionistas pueden reclamar miles de euros por las cotizaciones a mutualidades realizadas décadas atrás
Miles de mutualistas podrán recuperar hasta 4.000 euros tras una sentencia del Tribunal Supremo que obliga a la Agencia Tributaria a devolver el IRPF cobrado indebidamente durante varios años. Esta decisión afecta a los jubilados, un grupo de pensionistas que cotizó en un sistema previo a la Seguridad Social entre los años 1967 y 1978.
Ahora, Hacienda ya ha dado a conocer la fecha en la que todos los perjudicados recibirán el dinero correspondiente al periodo anteriormente mencionado. Este fallo beneficiará a los trabajadores adscritos a las llamadas mutualidades laborales, un sistema de previsión social paralelo al régimen general que estuvo en vigor en España hasta su integración definitiva en los años 70 y 80.
El problema surgió cuando, años después, al calcular sus pensiones, estos periodos de cotización no fueron plenamente reconocidos. A esto se suma una doble imposición fiscal sobre las aportaciones realizadas en aquel entonces, lo que ha motivado la decisión del Supremo.
La sentencia reconoce el error cometido durante décadas y obliga a Hacienda a compensar económicamente a los afectados. La devolución se realizará en un único pago y cubrirá los ejercicios fiscales de 2019, 2020, 2021 y 2022. Las cantidades a devolver variarán según el caso, pero se estiman entre 1.000 y 4.000 euros por persona.
Uno de los aspectos más relevantes de esta resolución es que los herederos de mutualistas fallecidos también podrán solicitar la devolución del IRPF, siempre que puedan acreditar la relación. Esto amplía considerablemente el número de beneficiarios y refuerza el carácter reparador de esta medida.
Este reconocimiento llega tras años de lucha por parte de asociaciones de afectados, que reclamaban una revisión del trato fiscal recibido por los mutualistas. Gracias a esta sentencia, se corrige una situación de desigualdad que ha afectado a miles de pensionistas.
Cuándo recibirán el dinero los mutualistas afectados
La normativa que regula este proceso ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) tras su aprobación en el Congreso de los Diputados en el mes de julio. Además, se ha fijado una fecha límite para tramitar las solicitudes, por lo que se recomienda a los interesados consultar cuanto antes si cumplen los requisitos y realizar los trámites correspondientes a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
La campaña de la Renta 2024 terminó oficialmente el 30 de junio de 2025, y con ella se activó el reloj para que Hacienda empiece a devolver el dinero correspondiente a miles de contribuyentes, especialmente a los mutualistas. El proceso de devolución ya está en marcha desde agosto. Algunos afortunados ya han recibido su dinero.
El plazo legal para que Hacienda complete las devoluciones es de seis meses desde la finalización de la campaña, lo que sitúa la fecha límite en el 30 de diciembre de 2025. Si pasado ese día no se ha recibido el importe correspondiente, los afectados tendrán derecho a reclamar intereses de demora, como sucede con los pagos de la declaración de la Renta.
Estos intereses compensatorios están fijados por ley y, en 2025, se sitúan en torno al 4,0625 % anual. Es decir, por cada día que pase desde enero de 2026 sin que se haya efectuado el pago, la cuantía a devolver irá aumentando.
Qué mutualistas pueden recibir el dinero
La devolución del IRPF por doble imposición afecta especialmente a pensionistas mutualistas que cotizaron a mutualidades laborales entre 1967 y 1978, así como a los herederos de mutualistas fallecidos.
También pueden solicitarla los beneficiarios del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto Social de la Marina y de regímenes como Muface, Mugeju o Isfas, siempre que sus aportaciones estén cubiertas por la Disposición Transitoria Segunda.