Crece la presión para ampliar la jubilación anticipada a 14 enfermedades más

Si se comprueba que la enfermedad dificulta seguir desempeñando el trabajo habitual, la jubilación anticipada podría ser una opción válida

Cada vez son más las personas que pueden acceden a la jubilación anticipada tras ser reconocidas con una incapacidad permanente. Esta situación se produce cuando una enfermedad o lesión limita de forma irreversible la capacidad para trabajar, total o parcialmente. La Seguridad Social contempla el retiro laboral siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Para acceder a una jubilación anticipada por incapacidad es necesario acreditar al menos 33 años cotizados y tener 63 años (o 61 si se han cotizado 44 o más). Además, el afectado debe presentar informes médicos que respalden la gravedad de su condición, ya que no todas las enfermedades son consideradas para recibir invalidez.

Las enfermedades que pueden dar lugar a este tipo de jubilación son:

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  • Agorafobia
  • Albinismo
  • Alcoholismo
  • Alzheimer
  • Aniridia
  • Apnea del Sueño
  • Artritis Reumatoide
  • Artrosis cervical
  • Ataxia
  • Cáncer
  • Cardiopatía Isquémica
  • Condromalacia Rotuliana
  • Hernia discal
  • Ictus
  • Lesión medular
  • Lumbalgia crónica
  • Lupus
  • Maculopatía
  • Migraña
  • Miopía Magna
  • Narcolepsia
  • Neuropatía cubital
  • Parkinson
  • Postpolio
  • Radiculopatía Lumbar
  • Retinopatía diabética
  • Retinosis pigmentaria
  • Rizartrosis
  • Síndrome de Goldmann-Favré
  • Síndrome de Marfan
  • Síndrome de Ménière
  • Síndrome de Raynaud
  • Síndrome de Sjögren
  • Síndrome de Südeck
  • Síndrome de Tourette
  • Síndrome del túnel carpiano
  • Síndrome subacromial
  • Siringomielia y Arnold Chiari
  • Stargardt
  • Trastorno Adaptativo Mixto
  • Trastorno bipolar
  • Trastorno de ansiedad

Cabe señalar que cada solicitud se estudia de forma individual, teniendo en cuenta la evolución médica, la edad del trabajador y su historial laboral. Si se demuestra que la dolencia impide continuar con la actividad laboral habitual, el acceso a la jubilación anticipada puede ser una solución viable y protegida por ley.

Jubilación anticipada
Proponen 14 nuevas enfermedades para la jubilación anticipada

Por otro lado, la incapacidad permanente se clasifica en varios grados (parcial, total, absoluta y gran invalidez), y según el nivel reconocido, la persona podrá recibir una pensión correspondiente. Estas pensiones pueden estar exentas de IRPF en los casos más graves.

Nuevas enfermedades para la jubilación anticipada

La jubilación anticipada para personas con discapacidad podría ampliarse próximamente si prospera la propuesta de la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE). La entidad ha enviado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones 14 informes técnicos con el objetivo de que nuevas patologías se reconozcan oficialmente como causa para acceder a este tipo de jubilación.

Las enfermedades propuestas son:

  • Enfermedad renal crónica.
  • Párkinsom.
  • Lupus eritematoso sistémico.
  • Artritis reumatoide.
  • Espina bífida.
  • Fibromialgia.
  • Esclerodermia.
  • Encefalomielitis miálgica.
  • Enfermedad de Steinert.
  • Enfermedad de Huntington.
  • Enfermedad de Andrade.
  • Inmunodeficiencias primarias.
  • Hipertensión pulmonar.
  • Paraparesia espástica.

Según COCEMFE, estas patologías reducen la esperanza de vida de quienes las padecen, un criterio contemplado en la normativa vigente para optar a la jubilación anticipada con un grado de discapacidad del 45% o superior. La Confederación ha respaldado sus informes con base científica y reivindica el derecho de las personas afectadas a acceder al retiro laboral en condiciones justas.

El presidente de COCEMFE, Anxo Queiruga, ha insistido en que esta medida es imprescindible para la salud, el bienestar y la equidad social de un colectivo que ya enfrenta múltiples barreras para acceder y mantenerse en el mercado laboral.

El proceso de inclusión de estas patologías será evaluado por una Comisión Técnica, que estudiará cada caso de forma individual y emitirá un informe basado en evidencia científica. Tras un periodo de alegaciones y votación, la decisión final recaerá en la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

Desde COCEMFE han señalado que seguirán trabajando para ampliar el listado de enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada, facilitando así una salida laboral digna y adaptada a las necesidades reales de las personas con discapacidad.

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