La ley contra el fraude fiscal liquida 104 sicavs en seis meses

El número de accionistas de sicavs cae un 40% de enero a junio y el patrimonio invertido en ellas se reduce un 16,8%

Se veía venir y ha sucedido. La entrada en vigor en enero de este año de la Ley de Medidas de Prevención y Lucha Contra el Fraude Fiscal ha obligado a liquidar 104 sociedades de inversión de capital variable (sicav) en el primer semestre del año, hasta reducirlas a 2.140.

Este cierre del 6,14 por ciento de las sicavs ha ido acompañado de una caída del 40 por ciento de su número de socios hasta frenarse en los 211.874, cuyo patrimonio invertido en estas sociedades alcanzó en junio los 23.706 millones de euros, un 16,8 por ciento menos que el registrado en diciembre de 2021, según datos de la CNMV.

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El origen de la merma del número de sicavs, de sus socios y del patrimonio invertido en ellas ha sido el endurecimiento de los requisitos que la ley antifraude ha aplicado a estas sociedades para que sigan tributando al 1 por ciento en el impuesto de sociedades.

A partir de este año solo pueden acogerse al incentivo fiscal del 1 por ciento las sicavs que tengan como mínimo cien socios con una inversión de al menos 2.500 euros cada uno, que se eleva a 12.500 en las sociedades por compartimentos.

Hecho que hasta ahora no se producía, ya que el 80 por ciento las sicavs españolas estaban controladas por un socio mayoritario, una familia o una empresa.

El resto, hasta completar los 100 socios exigidos, eran ‘mariachis’, inversores de paja a los que no se les requería una inversión mínima.

Las liquidaciones de sicav continuarán

Los expertos calculan que el cierre de las sociedades de inversión irá a más. Algunos prevén que la nueva norma acabará con el 80 por ciento de las abiertas en España.

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No todas las sicavs que no cumplen los requisitos exigidos por la nueva ley para mantener el régimen fiscal especial del 1 por ciento han optado por liquidar.

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Algunas se han mantenido operativas a costa de multiplicar por 25 su factura fiscal, como corresponde a las sociedades anónimas.

Esto es debido a que «las sicav siguen teniendo sentido para los inversores a los que les gusta sentarse en el consejo con delegación y prefieren una gestión más profesional», argumenta Luis Sánchez de Lamadrid, director general de Pictet WM.

¿Qué hacer con el capital de las sicavs?

Hay socios de sicav que se han decantado por transformarlas en sociedades anónimas, en sociedades limitadas o en sociedades de inversión libre.

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Estas alternativas tienen su utilidad cuando los accionistas son personas jurídicas o cuando el coste fiscal es bajo. A estas opciones se han sumado las fusiones con otras sicavs o con fondos de inversión.

Para las grandes sociedades, la salida más clara ha sido cerrarlas en España y abrirlas en otro país como Luxemburgo, donde la fiscalidad es similar a la que había en España y los requisitos exigidos a los socios son más laxos.

Los fondos, el vehículo preferido por los socios de sicav

La mayoría de los socios ha preferido invertir el capital de sus sicavs en fondos de inversión. Así evitan tributar por las plusvalías obtenidas con las sicav y podrán traspasar el capital de un fondo a otro sin pasar por el peaje fiscal hasta el momento del reembolso.

Mar Barrero, directora de análisis en Arquia Profim Banca Privada, cree que traspasar el capital de las sicavs a fondos es conveniente para los socios, ya que son productos «muy completos» que permiten tener exposición a una gran variedad de tipos de activos y a distintos mercados, sectores y estilos de inversión.

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Además, «la gran diversificación que permiten los fondos asegura un mayor control de los riesgos y permite ajustar la estrategia al entorno de mercado que impere en cada momento», indica la experta.

Otro aspecto que empuja a los socios de sicav a optar por los fondos es que muchas de ellas ya invertían parte o la totalidad de su capital en ellos, por lo que este producto no les es desconocido.

Plazos a cumplir

Los socios que optan por disolver y liquidar las sicavs tienen de plazo este año para hacerlo y beneficiarse de un régimen transitorio de neutralidad fiscal respecto a las ganancias de las sicava que se pongan de manifiesto al liquidarlas.

Para ello tienen que reinvertir todo el importe de las plusvalías en una institución de inversión colectiva española.

Todos los trámites para la cancelación registral de la sociedad deberán realizarse antes del 30 de junio de 2023 y los socios tendrán de plazo hasta el 31 de julio del mismo año para reinvertir el capital.

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