La Audiencia Nacional anula la reducción de jornada de Ferrovial Servicios
La Audiencia Nacional ha declarado nula la reducción de jornada aplicada por Ferrovial Servicios a los trabajadores que prestan servicio[…]
La Audiencia Nacional ha declarado nula la reducción de jornada aplicada por Ferrovial Servicios a los trabajadores que prestan servicio en los trenes de Alta Velocidad y Larga Distancia de Renfe al entender que conculcó sus derechos con esta medida, según la sentencia a la que ha tenido acceso hoy Efe.
La Sala de lo Social ha estimado las demandas presentadas por el Sindicato Ferroviario (SF), CCOO, UGT, CGT y USO contra Ferrovial Servicios por la reducción de la jornada desde el 1 de abril de 2017 y condena a la empresa a devolver la jornada completa a los trabajadores afectados y a abonarles las reducciones salariales aplicadas.
El conflicto afectaba de forma directa a 452 trabajadores de Ferrovial Servicios que se ocupan de los servicios de atención y restauración a bordo de los trenes de Alta Velocidad y Larga Distancia de Renfe.
Según la sentencia, la actuación de Ferrovial Servicios conculcó los derechos de libertad y huelga al haberse adoptado como reacción a la convocatoria de una huelga anunciada en el seno de la comisión negociadora del convenio colectivo.
La Audiencia Nacional también entiende que se lesionaron los derechos de USO porque a la sección sindical de ese sindicato no se le comunicó la decisión adoptada.
Por el contrario, la sentencia descarta que los criterios de selección de los trabajadores afectados vulneren el principio de igualdad ante la ley y que la empresa haya infringido el deber de información y documentación.
Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que podrá presentarse ante la propia Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en un plazo de cinco días a contar desde la notificación.