Tribunal europeo valida limitar la publicación en Finlandia de datos fiscales
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos validó hoy la prohibición que se impuso en Finlandia, donde cualquier persona puede consultar[…]
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos validó hoy la prohibición que se impuso en Finlandia, donde cualquier persona puede consultar los datos fiscales de los contribuyentes, a la publicación masiva de los mismos, al considerar que esa limitación no viola el derecho a la libertad de expresión.
El origen de este procedimiento fue la iniciativa de dos empresas, Satakunnan Markkinapörssi Oy y Satamedia Oy, que en 2003 pusieron en marcha un servicio comercial para ofrecer, por SMS, la información de una base de datos con informaciones de ingresos y bienes del ejercicio precedente de 1,2 millones de personas, en torno a un tercio del total de contribuyentes del país.
Los jueces europeos coincidieron con el Tribunal Supremo Administrativo de Finlandia en que el tratamiento y la publicación masivo de los datos fiscales no podían justificarse con una finalidad puramente periodística, ya que no contribuían al debate de interés público.
A su parecer, al establecer restricciones al tratamiento masivo de esas información las autoridades hicieron una valoración equilibrada de los derechos a la información y a la intimidad.
De hecho, hicieron notar que, aunque la legislación finlandesa ha hecho accesible la información fiscal de los contribuyentes, también "ha establecido límites significativos a ese acceso".
Tuvieron en consideración, además, que esa normativa es "bastante excepcional", ya que en la mayor parte de los países europeos no se pueden consultar los datos que tiene el fisco sobre otras personas.
Por eso, el Tribunal de Estrasburgo insistió en que "las autoridades finlandesas gozan de un amplio margen de apreciación para decidir cómo equilibrar, en el uso de los datos, el conflicto entre el derecho a la privacidad y a la libertad de expresión".
La prohibición, que en última instancia había confirmado en junio de 2012 el Tribunal Supremo Administrativo de Finlandia, impedía a las dos empresas volver a hacer un tratamiento masivo de la información fiscal con la amplitud con la que lo realizaron en 2002 y ofrecerla en un servicio por SMS.
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