Salidas a bolsa y reestructuraciones empresariales, exentas de la tasa Tobin

Las salidas a bolsa (OPV), las reestructuraciones empresariales, las operaciones entre sociedades del mismo grupo y las cesiones de carácter[…]

Las salidas a bolsa (OPV), las reestructuraciones empresariales, las operaciones entre sociedades del mismo grupo y las cesiones de carácter temporal serán algunas de las operativas exentas de liquidar el impuesto sobre las transacciones financieras, también conocido como "tasa Tobin".

Así consta en el texto del anteproyecto de Ley aprobado en Consejo de Ministros el viernes pasado y publicado hoy por el Ministerio de Hacienda en audiencia pública, con el que se esperan recaudar 850 millones de euros para la Seguridad Social que se enmarcan en el proyecto presupuestario del Gobierno para 2019.

La norma establece un gravamen del 0,2 % para la adquisición de acciones de sociedades de nacionalidad española que tienen que estar admitidas en un mercado español o de otro Estado de la UE, o en un mercado considerado equivalente de un tercer país.

El valor de capitalización bursátil de la sociedad tiene que ser, a 1 de diciembre del año anterior a la adquisición, superior a 1.000 millones de euros.

Para ello, el Ministerio de Hacienda publicará antes del 31 de diciembre de cada año la relación de las sociedades españolas con esa capitalización bursátil.

El sujeto pasivo encargado de liquidar el impuesto será el intermediario financiero que transmita o ejecute la orden de adquisición, ya actúe por cuenta propia o de terceros y con independencia de la residencia de las personas o entidades que intervengan en la operación.

De esta forma, según el anteproyecto, se minimiza el riesgo de deslocalización de los intermediarios financieros, dado que se someten a tributación acciones de sociedades españolas cualquiera que sea la residencia del intermediario o del lugar en que se negocien.

La base imponible es el importe de la contraprestación, sin incluir los gastos asociados a la transacción.

En la exposición de motivos de la norma, el Gobierno incide en que el objetivo de este nuevo impuesto es reforzar el principio de equidad del sistema tributario "habida cuenta que las operaciones que se someten a tributación con carácter general no se encuentran sujetas efectivamente a impuesto alguno en el ámbito de la imposición indirecta".

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