¿Qué procedimiento tiene que seguir mi hijo para impugnar un testamento?
Si la causa de desheredación no se indica, no concurre o no está debidamente justificada su hijo podrá impugnar el testamento y reclamar sus derechos sucesorios judicialmente. Para ello deberá presentar una demanda contra el resto de los herederos con la asistencia de un abogado y un procurador.
M. S. tiene un hijo de 20 años al que su padre ha desheredado y quiere saber qué procedimiento tiene que seguir "para reclamar lo que es suyo". También pregunta a nuestros expertos si es caro impugnar el testamento.
Esther García, abogada de www.iabogado.com, le responde que en derecho civil común, esto es, el propio de aquellas comunidades que no tienen legislación propia como Cataluña, Baleares, Aragón, Galicia, País Vasco, Navarra y Valencia, la desheredación debe realizarse por testamento y obedecer a unas causas tasadas, entre ellas destaca en el caso de padres e hijos, la imposibilidad de un padre de desheredar a un hijo si le ha abandonado o la posibilidad de hacerlo si ha mediado entre ellos violencia física o psicológica, o se le han negado alimentos.
Si la desheredación se hace por testamento pero no se indica la causa o esta causa no concurre o no está debidamente justificada, la desheredación podrá ser anulada y el legitimario que ha sido desheredado podrá impugnar el testamento y reclamar sus derechos sucesorios judicialmente. Para ello deberá presentar una demanda contra el resto de los herederos con la asistencia de abogado y procurador y en el curso del proceso deberá reclamar la legítima que por derecho le hubiese correspondido.
Respecto a los costes del procedimiento, dependerán de la participación que tenga el desheredado sobre la herencia, esto es, se minutarán sobre la cuantía que le hubiese podido corresponder, por lo que siempre será más que recomendable que pida presupuesto por escrito antes de emprender cualquier tipo de actuación.