¿Puedo vender mi vivienda sin el consentimiento de mis hijos?

Generalmente, en derecho común y en matrimonios celebrados bajo el régimen de gananciales, al morir uno de los cónyuges, el otro recibirá la propiedad de la mitad del inmueble en pago de su mitad de los gananciales; la otra mitad...

T. J. es viudo y le gustaría saber si puede vender la vivienda, en la que vivía con su mujer, sin el consentimiento de sus hijos.

Esther García Vaquero, abogada de www.iabogado.com, le responde que generalmente, en derecho común y en matrimonios celebrados bajo el régimen de gananciales, al morir uno de los cónyuges, el otro recibirá la propiedad de la mitad del inmueble en pago de su mitad de los gananciales; la otra mitad pasa a constituir la herencia del cónyuge que ha fallecido y se repartirá entre los herederos conforme a las disposiciones testamentarias. 

Por lo general, la propiedad de esta segunda mitad corresponderá a los hijos, manteniendo el cónyuge superviviente el usufructo de una tercera parte. Los porcentajes pueden variar según el testamento pero, por lo general, el reparto del inmueble suele quedar como se indica. Si esto ha sido así en su caso, sus hijos serán propietarios de una parte de la vivienda, por lo que no podrá vender sin su consentimiento y a ellos les corresponderá una parte del precio. 

Además, si sus hijos son menores de edad, necesitará autorización judicial para la venta. Tendrá que promover un procedimiento asistido de abogado y de procurador en el que deberá justificar las razones de la venta y garantizar bien que el importe correspondiente a sus hijos queda salvaguardado y a su disposición en una cuenta abierta o bien que se reinvertirá en algo que les beneficiará.

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