Los inspectores del Banco de España piden leyes para mejorar su supervisión
La Asociación de Inspectores y Auditores Informáticos del Banco de España han solicitado al Congreso que impulsen leyes para poder[…]
La Asociación de Inspectores y Auditores Informáticos del Banco de España han solicitado al Congreso que impulsen leyes para poder mejorar sus funciones de supervisión y para garantizar que sus actuaciones llegan a los órganos de dirección.
En un documento que han remitido a los grupos parlamentarios de la Comisión que investiga la crisis financiera en el Congreso, los inspectores han solicitado que haya propuestas legales para ?mejorar la supervisión de las entidades de crédito? y han sugerido un marco regulatorio que les garantice que tienen independencia en sus funciones.
Piden mecanismos legales para poder actuar de forma independiente y tener "autonomía funcional e "independencia técnica" con el fin de evitar que se "devalúe la trascendencia de las actuaciones realizadas por este personal".
Se trata de un conjunto de sugerencias que fueron aprobada por la Asamblea de esta asociación el 26 de noviembre y que han hecho llegar a esta comisión, una vez que ha terminado sus trabajos sobre el origen de la crisis financiera y el rescate bancario, para que los grupos parlamentarios registren iniciativas legislativas.
?Que se garantice que las inspecciones lleguen a los órganos de dirección correspondientes, al tiempo que se asegure que se lleven a cabo unas actuaciones de investigación e inspección que verifique de manera directa la situación efectiva de las entidades?, señala la justificación de una de sus propuestas principales.
El informe al que ha tenido acceso EFE pide que haya dos categorías profesionales de inspección en el Banco de España, de Inspector de Entidad de Crédito y de Auditor Informático adscrito a la supervisión.
Incide en que los Inspectores de Entidades de Crédito y los Auditores Informáticos adscritos a la supervisión tendrán la condición de autoridad pública en el ejercicio de sus funciones legales o reglamentariamente atribuidas y aboga porque estos inspectores o auditores sólo puedan ser removidos de sus puestos por causa justificada o como consecuencia de la habitual renovación de sus integrantes.
Entre otras propuestas piden garantizar que las condiciones laborales de estos funcionarios no sean discriminatorias con el personal con responsabilidades similares en el Banco Central Europeo.
Además solicitan que el Banco de España, a la vista de los resultados de la revisión y evaluación supervisora y de cualquier otra información disponible, como análisis macroprudenciales y sectoriales que hubieran detectado amenazas para la estabilidad financiera pueda adoptar medidas precisas como aumentar el número o la frecuencia de las inspecciones in situ de la entidad, con incluso presencia permanente.
También, la remisión de información adicional más frecuente por la entidad de crédito al organismo supervisor y de sus planes operativos o estratégios.
"El Banco de España impulsará las acciones necesarias para que todas las entidades de crédito españolas, incluidas las entidades significativas, sean objeto de una inspección completa de su actividad al menos una vez cada tres años, al objeto de obtener una imagen integral de la misma", solicitan los inspectores.
El documento recuerda que la función supervisora sobre las entidades de crédito se ejecuta esencialmente a través de un sistema europeo de supervisión financiera compuesto por el Banco Central Europeo y las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros participantes (Mecanismo Único de Supervisión).
Sin embargo incide en que el Banco de España es responsable de todas las funciones de supervisión que no se hayan integrado dentro del Mecanismo Único de Supervisión y aquellas que no hayan sido atribuidas al Banco Central Europeo, en particular, las verificaciones diarias de todas las entidades de crédito españolas.
En este sentido, aboga porque el organismo supervisor facilite que su personal participe a través de la comisión de servicios en la supervisión, sobre entidades españolas que correspondan directamente al Banco Central Europeo y en otras actividades dentro del Mecanismo Único de Supervisión.
La finalidad es tomar en consideración la posible incidencia de sus decisiones en la estabilidad del sistema financiero de los demás Estados miembros de la Unión Europea afectados, particularmente en situaciones de urgencia.