La vivienda habitual está exenta del impuesto de Actos Jurídicos en Euskadi
Kontsumobide ha recordado hoy que en Euskadi la vivienda habitual está exenta del pago del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados[…]
Kontsumobide ha recordado hoy que en Euskadi la vivienda habitual está exenta del pago del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) al firmar una hipoteca, un gravamen sobre el que Tribunal Supremo deliberará el próximo lunes para determinar a quién corresponde abonarlo, a los bancos o a los consumidores.
El mes pasado la Sala Tercera del Tribunal Supremo estableció en una sentencia que es el banco y no el cliente el que debe abonar el impuesto sobre AJD en la firma de una hipoteca, pero tras la controversia creada con esa decisión, el presidente de la sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, Luis María Díez Picazo, convocó para el próximo lunes un pleno en el que se decidirá si se confirma esta doctrina.
En una nota de prensa, el Instituto Vasco de Consumo ha recordado hoy que en Euskadi las personas que compran su vivienda habitual están exentas del pago del impuesto sobre AJD que está fijado en un 0,5 % del valor de la hipoteca porque así lo establece la normativa foral en los tres territorios. Sí se tiene que abonar cuando se refiere a segunda vivienda.
Kontsumobide recomienda a los consumidores vascos que revisen la documentación de sus hipotecas y comprueben si han abonado el impuesto de AJD.
Si el Tribunal Supremo dictamina el próximo lunes que son los bancos los que tienen que pagar ese impuesto, el Instituto Vasco de Consumo ha indicado que los clientes afectados podrán reclamar el reintegro del impuesto que hubieran abonado con motivo de la hipoteca durante los últimos cuatro años.
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