La CNMV busca evitar conflictos de interés en fondos de inversión

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha aprobado hoy una guía técnica sobre operaciones vinculadas de fondos de[…]

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha aprobado hoy una guía técnica sobre operaciones vinculadas de fondos de inversión u otras instituciones de inversión colectiva (ICC) realizadas por sociedades gestoras para evitar conflictos de interés.

Según el supervisor, esta guía pretende proteger a los inversores y prevenir los conflictos de interés "mediante su identificación y gestión", evitando "imponer restricciones o prohibiciones" a las posibilidades de actuación financiera de las sociedades gestoras de fondos de inversión.

Sin embargo aclara que, en casos de conflictos de interés entre las sociedades gestoras y los fondos de inversión, la realización de tales operaciones debe ser "en interés exclusivo de la IIC" y a precios "iguales o mejores" que los del mercado.

La guía establece que las operaciones vinculadas son aquellas entre una institución de inversión colectiva determinada con entidades o personas relacionadas con la primera y que detalla en un listado.

Dicta además que las operaciones vinculadas deberán ser identificadas de forma detallada, tanto las que necesiten autorización previa como las que se sometan al control a posteriori.

Asimismo, realiza un listado de las operaciones que estarán sujetas a autorización previa como la compraventa de fondos gestionados por una misma sociedad, transacciones que la CNMV considera que deben ser "muy excepcionales".

Por último, aclara que exigirá la aplicación de un tratamiento equivalente a ciertas operaciones no expresamente calificadas legalmente, como operaciones vinculadas pero equiparables, realizadas con los promotores de los fondos que gestionan o que afecten a clientes por servicios de gestión de carteras o asesoramiento.

Se trata de la segunda guía técnica que aprueba la CNMV sobre esta materia, aunque la primera, publicada en febrero de 2017, se centró en operaciones sobre valores e instrumentos financieros y dio pautas sobre el modo de acreditar su realización en interés exclusivo de las instituciones de inversión colectiva y en condiciones de mercado.

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