El Supremo ve inadecuada la forma de comprobar el impuesto de transmisiones

El Tribunal Supremo se ha pronunciado en contra del método utilizado para comprobar el valor real de los inmuebles de[…]

El Tribunal Supremo se ha pronunciado en contra del método utilizado para comprobar el valor real de los inmuebles de cara a la aplicación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales en caso de compraventa de viviendas, que consiste en multiplicar el valor catastral por un coeficiente.

En una sentencia conocida hoy, la sala de lo Contencioso-Administrativo ratifica el criterio del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y asegura que esta fórmula no es la correcta por "su generalidad y falta de relación con el bien concreto", que es el inmueble.

Así, considera que el método utilizado no es idóneo salvo que incluya una comprobación directa de la Administración.

En virtud de la Ley General Tributaria, en una compraventa de vivienda, el tipo del gravamen se aplica por regla general tomando como base el precio de la compraventa, salvo en los casos en los que este sea inferior al importe de comprobación de su valor real, que ahora se determina al multiplicar el valor catastral por un coeficiente.

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Sin embargo, este método de comprobación no refuerza la "veracidad y acierto", asegura ahora la sala, que exige que sea la Administración la que exprese "motivadamente" las razones por las que considera que el valor declarado no corresponde con el real "sin que baste la mera discordancia".

Al respecto, aclara que es esta y no el contribuyente quien "está legalmente obligada a acreditar que el valor que figura en la declaración o autoliquidación del impuesto coincide con el valor real" y soportar, por tanto, la carga de la prueba.

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