Economía.-Piden que el BdE justifique si autorizó ocultar el deterioro contable de las 7 cajas que integraron BFA-Bankia
Se cuestiona la procedencia de la salida a bolsa tras la contabilizar las pérdidas sin pasar por cuenta de resultados
Se cuestiona la procedencia de la salida a bolsa tras la contabilizar las pérdidas sin pasar por cuenta de resultados
MADRID, 30 (EUROPA PRESS)
La confederación Intersindical de Crédito (CIC), personada como acusación popular en el caso "Bankia" ha solicitado al juez Fernando Andreu que solicite al Banco de España (BdE) determinada documentación que explique si la entidad reguladora autorizó un determinado tratamiento contable de los deterioros existentes en las siete cajas de ahorro que constituyeron BFA-Bankia en 2010. Gracias a dicho tratamiento contable las cajas arrojaron beneficios.
En un escrito de carácter muy técnico remitido este martes al Juzgado Central de Instrucción número 6, al que ha tenido acceso Europa Press, el CIC explica que una de las cuestiones de mayor relevancia debatidas en esta investigación es la procedencia o improcedencia de la contabilización contra reservas -sin pasar por la cuenta de resultados- de los deterioros de las siete cajas de ahorro que constituyeron BFA-BANKIA en el ejercicio 2010.
Esta práctica les llevó a consumir más de la mitad del patrimonio conjunto de las mismas -aproximadamente 15.046 millones de euros- pero arrojando beneficios ese último ejercicio, gracias a lo cual pudieron los directivos devengar sus retribuciones variables.
Según esta parte, de haber arrojado pérdidas las siete cajas en su último ejercicio no habría sido factible la propia constitución del SIP ni del posterior grupo BFA-Bankia, ni menos aún sacar a cotización las acciones de Bankia, por lo que resulta imprescindible conocer si es cierto o no que dicha contabilización, que los peritos judiciales califican como "anomalía contable", contó con la autorización en legal forma del Banco de España tal y como han afirmado varios testigos en el procedimiento.
De haberse producido dicha autorización, alegan que se hizo vulnerando la normativa vigente, pues tanto el Código de Comercio como la norma 29.1 de la Circular 4/2004 del BdE, que exige que los deterioros contables de los activos se registren en la cuenta de resultados.
CARTA DEL BANCO DE ESPAÑA
El informe alude a un dato aportado por el perito judicial Víctor Sánchez Nogueras en el informe aportado a la causa. En él se decía que el 27 de diciembre de 2010, el exdirector general de Caja de Madrid, responsable de la Dirección Financiera y de Riesgos de la entidad, remitió una carta al Banco de España proponiéndole un tratamiento contable en dicha Caja idéntico al del balance consolidado del nuevo grupo, en los que ya figuraban tales "ajustes de valoración".
Dos días después, el Banco de España autorizó ese tratamiento contable por medio de otra carta que señalaba: "Le comunico que el tratamiento contable opuesto podría ser utilizado por esa entidad en la medida en que su Consejo de Administración asuma dicho tratamiento, así como las razones que lo justifican".
Según CIC, la supuesta autorización "tuvo una importancia extraordinaria", pues si los ajustes se hubieran realizado contra resultados, tal y como establece la norma contable, las siete cajas habrían declarado pérdidas en el momento de constitución del SIP, lo que habría supuesto un obstáculo insalvable para la constitución del posterior grupo BFA-Bankia "y desde luego, para poder captar fondos en la salida a bolsa, causando un importantísimo quebranto a cientos de miles de inversores", advierte el escrito que ya obra en poder del juez.
DOCUMENTOS QUE SE SOLICITAN
Por ello, piden al juez que solicite el acta de la reunión de la Comisión Ejecutiva del Banco de España celebrada el 29 de diciembre de 2010 así como el expediente completo de informes preceptivos que justificaron la carta remitida a Caja Madrid "autorizando a dicha Caja o a las restantes Cajas de Ahorro que dieron lugar a BFA el cargo contra reservas de todos los deterioros existentes al cierre del ejercicio 2010, dando respuesta a la consulta de Caja Madrid sobre la interpretación de determinadas disposiciones".
El CIC también quiere que se aporten a la causa los informes de seguimiento elaborados por el equipo de inspección y los elevados a la Comisión Ejecutiva sobre el Grupo BFA-BANKIA referidos al ejercicio 2012, en el que se produjo la reformulación de cuentas y el posterior rescate financiero de las citadas entidades.
Insisten en que la "anomalía contable" detectada por los peritos judiciales provocó que todas las Cajas de Ahorro que conformaron el SIP arrojaran beneficios en el ejercicio 2010.
Según el perito Sánchez Nogueras, "de haberse contabilizado todos esos deterioros evidenciados en 2010 contra la cuenta de resultados habrían provocado significativas pérdidas en dicho ejercicio", pero sin embargo se optó por hacerlo de otra manera, "a consecuencia de la respuesta dada por la Dirección General de Regulación del Banco de España".
También recuerda el CIC que ya en junio pasado interesó la práctica de una prueba sobre cuya procedencia el Juzgado ha olvidado pronunciarse de momento. Se trata de todos los informes elaborados por BdE Grupo BFA-BANKIA referidos al ejercicio 2012.
Es uno de los ejercicios centrales de la presente investigación, según recuerda el CIC, pues en el mismo no solo se produce la formulación por primera vez de las cuentas anuales de BFA-Bankia y la dimisión de su presidente ante la falta de informe de auditoría, "sino también la posterior reformulación contable del mes de mayo, la petición de rescate público y la nacionalización de la entidad".
Finalmente, la acusación recuerda en su escrito el incumplimiento por parte de BFA-Bankia del requerimiento de información realizado mediante Providencia de 6 de septiembre de 2016 respecto de los apuntes contables relativos a las provisiones.