¿Cómo declarar los intereses generados por un préstamo en crowdlending?

Los intereses percibidos de préstamos en crowdlending tributan a efectos de IRPF como rendimientos de capital mobiliario. La empresa pagadora de los intereses debe entregar al inversor un certificado en el que hará constar el importe total de los intereses satisfechos en el año, así como...

F. T. pregunta a nuestros expertos si los intereses generados por la inversión en un préstamo en crowdlending están sujetos a retención fiscal y cómo tiene que declararlos.

Antonio Paredes, experto tributario de Gestha, le responde que los intereses percibidos de préstamos en crowdlending tributan a efectos de IRPF como rendimientos de capital mobiliario de acuerdo con la Ley 35/2006 del IRPF. Ello supone la obligación de practicar retención para la empresa que ha percibido el préstamo y satisface los intereses al inversor. Sería similar a las retenciones que llevan a cabo los bancos sobre los intereses que pagan a sus clientes con un tipo de retención del 19 por ciento.

La empresa pagadora de los intereses debe entregar al inversor un certificado en el que hará constar el importe total de los intereses satisfechos en el año, así como el de las retenciones practicadas. Estos importes deberán incluirse en la declaración anual de IRPF en el apartado de rendimientos de capital mobiliario.

Estos rendimientos tributan en la base del ahorro del IRPF con unos tipos que actualmente son del 19 por ciento para rendimientos menores a 6.000 euros, del 21 por ciento para el exceso entre 6.000 y 50.000 euros, y del 23 por ciento para el importe que supere los 50.000 euros.

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