Experta aconseja cuidar la identidad digital cuando se publica en internet
La importancia de cuidar la identidad digital cuando se publica en internet y utilizar contraseñas seguras y robustas son algunos[…]
La importancia de cuidar la identidad digital cuando se publica en internet y utilizar contraseñas seguras y robustas son algunos de los consejos que se recomiendan a la hora de conocer las herramientas legales que amparan a los usuarios para hacer frente al mal uso o abuso de la información privada.
Así lo ha explicado la coordinadora del Máster en Protección de Datos de la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR), Lorena Pérez Campillo, para quien el derecho al olvido y a la transparencia en la información son dos de las novedades que favorecen a los usuarios recogidas en la nueva normativa, que entrará en vigor en mayo próximo.
En una nota, ha explicado que la identidad 2.0 es lo que dice la red de cada persona y ha indicado que son los usuarios de internet quienes crean sus propios "avatares" con datos que les identifican a partir de sus imágenes, su contexto y el lugar donde están accesibles.
"Nuestra participación directa o inferida en las comunidades virtuales y servicios online construyen la identidad 2.0 y es el caso de los likes, las fotos en Instagram y un tweet", ha puesto como ejemplo Pérez Campillo.
También aconseja utilizar contraseñas "seguras y robustas", que son aquellas que, como mínimo, "tengan 16 caracteres, combinen mayúsculas y minúsculas y sean caracteres alfanuméricos".
Además, ha afirmado que no hay que utilizar la misma contraseña en dos servicios distintos, aunque "el problema llega a la hora de memorizarlas", por lo que sugiere utilizar un gestor de contraseñas.
Ha relatado que los datos personales más frecuentes son los del nombre, dirección, teléfono, DNI, cuenta bancaria, matrícula, fecha de nacimiento, edad, nacionalidad, sexo y estado civil; y hay otros más "sensibles", como los de la raza, religión, el nivel de renta y el historial clínico, psicológico o laboral.
También entran en esta categoría una fotografía, la dirección IP, las huellas dactilares, el escáner del iris del ojo y hasta la temperatura, según Pérez Campillos, quien ha citado, como ejemplo, los datos personales que una aplicación móvil de salud (fitbit) puede extraer de las personas.
Se ha referido a algunas situaciones "cotidianas" que tienen como denominador común los datos personales, como es "consultar la mejor y más rápida ruta para llegar al trabajo, cuando un conocido nos etiqueta en Facebook, cuando nuestra pulsera digital inteligente nos indica que han subido nuestras pulsaciones y cuando transferimos dinero con un solo clic en el móvil".
Para ella, el mal uso y abuso de la información privada desemboca, a menudo, además de en un fructífero negocio de compra-venta, en problemas como el robo de datos, el uso fraudulento de los mismos o la usurpación de identidad.
Pérez Campillo se ha referido a la entrada en vigor en mayo de 2018 del nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y ha reconocido que hay un nuevo escenario, donde "los derechos se adaptan a las exigencias de la sociedad de la información y a la aparición de las nuevas tecnologías".
La entrada en vigor del RGPD añade nuevos derechos para proteger los datos, como son el derecho al olvido, por ejemplo, cuando se publica una foto incómoda sin el consentimiento del afectado, quien, como primer paso "imprescindible", debe contactar con la página web o red social que "subió" ese contenido para pedir que se elimine.
Si en diez días no los han cancelado o lo han hecho de forma insatisfactoria, el usuario puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que informa sobre cómo acceder a los mecanismos establecidos por Facebook, Google, Twitter e Instagram.
El derecho a la portabilidad ofrece la posibilidad de transmitir los datos personales de un responsable del tratamiento a otro "sin impedimentos".
La nueva regulación, en cuanto al derecho a la transparencia de la información, implicará que hay que dar el consentimiento de forma "libre, clara, específica e inequívoca", ha dicho.
"No es válido el consentimiento tácito que conocíamos antes, basado en el silencio", según Pérez Campillo, para quien también "las empresas deberán informar de manera clara, concisa y fácil de entender qué hacen con el tratamiento de nuestros datos y cuánto tiempo los tendrán". EFE.
.
.