Sociedades 'offshore', la tentación de defraduar

¿Qué es una offshore? ¿Cómo se crean? ¿Cómo lucha Hacienda contra los posibles delitos? Analizamos todas las derivadas de las cuentas en paraísos fiscales. 

El escándalo de las sociedades 'offshore' en Panamá salpica a medio mundo, y al más alto nivel. Los países implicados investigarán hasta qué punto los ciudadanos que aparecen en las listas pueden haber cometido un delito fiscal. En España, Hacienda actuará de oficio e identificará a los contribuyentes que hayan refugiado parte de su patrimonio en aquel país. Pero son muchas las dudas que se ciernen sobre estos instrumentos. José Luis Groba, presidente de la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) analiza su funcionamiento y regulación en nuestro país.

¿Qué es una 'offshore'? Se trata de un término anglosajón que se aplicaba a las antiguas sociedades de ultramar del Imperio Británico dedicadas al negocio entre las colonias y la metrópoli. Después se relacionó con empresas que tenían negocios en alta mar, como las petroleras. Ahora se reconocen como sociedades constituidas en un paraíso fiscal, que garantiza el anonimato, en la que los fundadores no residen en ese territorio y cuya actividad se realiza siempre fuera de él.

¿Cómo se crean? Se puede hacer hasta por correo. Sólo hace falta contactar con un intermediario financiero que se dedica a la creación y constitución de este tipo de empresas. Con una copia del pasaporte y un documento acreditativo del domicilio fiscal con una antigüedad máxima de tres meses. En un plazo de no más de una semana puede estar constituida en el territorio deseado.

¿Son ilegales? No. El problema puede surgir cuando un ciudadano crea una 'offshore' confieren un anonimato que puede llevarle a defraudar al fisco. Además, los delincuentes las utilizan para ocultar su actividad delictiva.

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¿Cuándo se produce delito fiscal? Cuando se defrauda a Hacienda por un importe superior a 120.000 euros y, además, se incurre en dolo. Por debajo de esa cantidad se trataría de una infracción tributaria. En el caso de los traficantes de armas, por ejemplo, incurren en otro tipo de delitos que no son de carácter fiscal pero se valen de las sociedades para realizar actividades delictivas.

Si hay delito, ¿qué consecuencias puede tener? Lo que establece el artículo 305 del Código Penal: penas de uno a cinco años de prisión y multas equivalentes al séxtuplo de lo defraudado. En el caso de que no se superara el límite de los 120.000 euros, las multas pueden llegar a ser del 150% del capital ocultado.

¿Cómo lucha Hacienda contra el fraude? Realmente dispone de pocos instrumentos porque requieren una coordinación de todas las administraciones tributarias del mundo y de los países desarrollados de la OCDE. O se llevan a cabo acuerdos multilaterales o es muy difícil que un país solo como España puede luchar contra este tipo de fraudes. Hasta que Estados Unidos no dio el puñetazo encima de la mesa con la banca suiza -el acuerdo FATCA- había barra libre para este tipo de fraude. Ahora los delincuentes ya empiezan a tenerlo más complicado.

¿Por qué dejó Panamá de estar en la lista de paraísos fiscales? Fue en 2011 cuando firmó con España un convenio de doble imposición con cláusula de intercambio de información. Panamá se comprometió a que si la Hacienda española le emitía un requerimiento de información de determinado contribuyente levantaría el secreto bancario y facilitaría la información. El problema reside en que las cláusulas son precisamente solo a nivel individual.

¿Es difícil que Panamá facilite datos a Hacienda? Sí, porque la ocultación es absoluta. Lo ideal sería desarrollar hacer cláusulas de intercambio masivo y rutinario porque la mayor parte de la información de las cuentas bancarias que tienen los contribuyente españoles en Panamá no son conocidas.

¿Qué medidas son necesarias para acabar con este tipo de paraísos? Hay que seguir el convenio de asistencia mutua administrativa en materia fiscal que fue elaborado por la OCDE y el Consejo de Europa en 1988 para fomentar la cooperación. Sería básico que todos los países secundaran al menos el intercambio automático de información. 

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