Consejo Comercio aprueba calendario apertura diez festivos y domingos en 2017
El Consejo Andaluz de Comercio ha aprobado el calendario de apertura de domingos y festivos para el año 2017, que[…]
El Consejo Andaluz de Comercio ha aprobado el calendario de apertura de domingos y festivos para el año 2017, que está fijada en diez días por la ley autonómica de comercio, ha informado en un comunicado la Consejería Empleo, Empresa y Comercio.
Los días autorizados son: el 2 de enero (lunes), el 8 de enero (domingo), el 2 de julio (domingo), el 15 de agosto (martes), el 3 de septiembre (domingo), el 12 de octubre (jueves), el 26 de noviembre (domingo), el 8 de diciembre (viernes), el 17 de diciembre (domingo) y el 24 de diciembre (domingo).
Este conjunto de fechas ha contado con el respaldo de la mayoría de los miembros del Consejo, órgano que vela por una distribución equilibrada de días de apertura a lo largo de todo el año.
El Consejo Andaluz de Comercio, presidido por la viceconsejera de Empleo, Empresa y Comercio, María José Asensio, está compuesto por los agentes del sector y aprueba anualmente este calendario de diez jornadas autorizadas -como recoge la Ley autonómica- de aplicación a establecimientos comerciales de más de 300 metros cuadrados.
Además, la normativa andaluza establece que tendrán plena libertad para determinar horarios de apertura los establecimientos de pastelería y repostería; pan y platos preparados; prensa, carburantes y floristerías; las tiendas de conveniencia; los comercios instalados en puntos fronterizos, y estaciones de transporte terrestre, marítimo y aéreo.
También disponen de libertad de apertura en domingos y festivos los establecimientos que dispongan de una superficie útil de venta al público inferior a 300 metros cuadrados, a excepción de los que pertenezcan a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pyme.
Finalmente, podrán abrir libremente los comercios de zonas declaradas de gran afluencia turística, que son los términos municipales o parte de los mismos en los que la media ponderada anual de población es superior al número de residentes en determinadas épocas del año.
En dichas zonas, la libertad de apertura solo será aplicable en los períodos y áreas que se determinen.
Durante la reunión del Consejo Andaluz de Comercio, también se han informado de nueve ordenanzas municipales reguladoras del comercio ambulante en diferentes municipios andaluces.
Se trata de un trámite que garantiza la adecuación de las ordenanzas a la normativa vigente, de forma previa a su aprobación y publicación en el boletín oficial correspondiente.
Asimismo, se ha aprobado un nuevo modelo de ordenanza, que recoge las aportaciones de los agentes que componen la Comisión de Comercio Ambulante del Consejo Andaluz de Comercio.
Con este modelo se pretende dar una respuesta más operativa y eficaz a los gestores municipales para la normalización del comercio ambulante.
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