Los chivatazos a Hacienda se generalizan entre los contribuyentes españoles

Conocidos, amigos, vecinos, y hasta familiares, no hay distinción. Los españoles se decantan cada vez más por delatar ante Hacienda a quienes no pagan sus impuestos o tiran del dinero negro. 

Los ciudadanos que actúan como delatores de otros contribuyentes -conocidos, amigos, vecinos y hasta familiares que intentan defraudar a la Agencia Tributaria- siguen facilitándole la labor a Hacienda con chivatazos que han permitido al Estado iniciar expedientes por un importe superior a los 116 millones en 2016. En concreto, el fisco recibió 12.500 denuncias, con acusaciones sobre comportamientos ilícitos de otros ciudadanos frente a sus obligaciones tributarias. El registro supone un incremento del 26,8% con respecto al ejercicio anterior, según la actualización de los datos de Hacienda.

La práctica de destapar determinados tipos de comportamientos fiscales contrarios a la ley se encuentra cada año más generalizada. Los españoles acuden con mayor asiduidad a la Agencia Tributaria para poner sobre la mesa determinadas actuaciones que suman ya más de 50.000 denuncias durante los cinco últimos años. Esta herramienta, completamente legal, que permite al fisco iniciar una actuación de investigación formal al conocer actuaciones sospechosas, le ha permitido incoar actas por un valor cercano a los 500 millones en ese periodo. Aunque este dato no implica que se haya recuperado el 100% de todo ese dinero.

Más soplos por dinero negro

Además de todas las denuncias generales que le llegan a Hacienda periódicamente, la Agencia Tributaria también contabiliza lo que denomina soplos con los que averigua cómo determinados ciudadanos realizan pagos en efectivo superiores al máximo legal, establecido en 2.500 euros por operación. El año pasado, este tipo de chivatazos superaron los 7.263, lo que supuso un incremento del 19,3% con respecto al ejercicio anterior.

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Si se tienen en cuenta los datos de este tipo de confidentes ligados a las operaciones en metálico desde que se puso en marcha la limitación a los 2.500 euros en 2013, Hacienda ha recibido 21.200 denuncias. En el primer ejercicio en el que se activó esta iniciativa tributaria, los soplos superaron los 3.100 casos, mientras que se elevaron a 4.764 en 2014 y consiguieron alcanzar los 6.000 en el año siguiente. En total, en estos cuatro ejercicios, el incremento ha sido del 130%.

La limitación de pagos en efectivo de más de 2.500 euros fue una de las principales medidas incluidas en la ley antifraude. Se trata de una restricción que afecta a operaciones en la que una de las partes sea un profesional, autónomo o empresario, con la finalidad de limitar el dinero negro y la economía sumergida. Hacienda tiene previsto rebajar aún más ese tope hasta los 1.000 euros, aunque aún se desconoce la fecha en la que lo materializará.

Delatar a otro contribuyente que ha cometido algún tipo de fraude es una de las vías que tiene la Agencia Tributaria para descubrir todo tipo de infracciones o posibles delitos. De hecho, los ciudadanos que quieran contar algún hecho no necesitan acudir a una oficina de la Agencia Tributaria para notificar la denuncia, sino que pueden hacerlo a través de la 'web' del organismo. Para ello, encuentran dos posibilidades: presentar una denuncia tributaria general, que puede hacer identificándose o no; o realizar una denuncia por pagos en efectivo, en cuyo caso tanto el denunciante como el denunciado deben estar correctamente identificados.

Si es de carácter general, la Agencia Tributaria ha mejorado recientemente el sistema para que el contribuyente elija entre cinco opciones diferentes, que marcan a su vez las prioridades de Hacienda en la lucha contra el fraude: la habitual denuncia ordinaria, la de facturas no declaradas, la relacionada con el 'software' de ocultación de ventas, la ligada al masivo comercio electrónico y fraude por página 'web' y la de alquiler de inmuebles.

En cualquier caso, estas llamadas de atención de los ciudadanos deben contener el mayor número de datos conocidos que sean necesarios para la identificación por el órgano inspector de las personas denunciadas, tales como nombre y dos apellidos o denominación social en el caso de empresas, NIF, domicilio, razón social, etc. Además, se deberá acompañar de la documentación de que se disponga para acreditar los posibles hechos fraudulentos o prácticas ocultas al fisco.

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