El "manual de compliance", hoja de ruta con poder para salvar a las empresas

El archivo de las actuaciones penales respecto a Deloitte en el caso Bankia ha reabierto el debate acerca de la[…]

El archivo de las actuaciones penales respecto a Deloitte en el caso Bankia ha reabierto el debate acerca de la implantación de un sistema de cumplimiento normativo o "compliance" que pueda eximir a las empresas de ser castigadas por eventuales conductas delictivas cometidas en su seno.

En opinión del juez del caso, Fernando Andreu, la firma auditora acreditó "sobradamente" sus labores de prevención y vigilancia a través de un "Manual de 'Compliance' que cumple con los requisitos" y de una gestión basada en el "Sistema de Control de Calidad".

La decisión del magistrado de la Audiencia Nacional, aunque todavía recurrible, se sitúa a la vanguardia de la jurisprudencia nacional en tanto que evalúa positivamente el programa de cumplimiento de la compañía, una tarea compleja según los expertos, que inciden en los obstáculos, especialmente temporales, que plantean este tipo de procesos.

Para la letrada del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo Ángeles Villegas, la clave para agilizar estas causas en las que se investiga el rol de una compañía en la comisión de un delito por parte de alguno de sus trabajadores, pasa por que el Ministerio Fiscal también pueda analizar la política de "compliance".

Durante el II Congreso Internacional organizado por la Asociación Española de Compliance (Ascom) y Thomson Reuters, Villegas plantea como ejemplo el caso de EEUU, donde es la Fiscalía aquella que "proyecta" con las empresas estos acuerdos, cuya ejecución "controla" con el fin de que los programas se ajusten a las previsiones legales.

Un modelo que sin embargo, advierte, sería "difícilmente encajable" en España ya que la figura del juez instructor continúa siendo predominante.

Por esta razón, Villegas propone un encaje mixto, en la línea del británico y francés, con intervención judicial al inicio de las negociaciones entre el fiscal y la compañía, y después, una vez alcanzado el acuerdo.

Pese a tratarse de un "reto importante" tanto para la judicatura como para la sociedad, los expertos confían en que las empresas conozcan cada vez más las ventajas de velar por la norma y se involucren con la supervisión, seguimiento y monitorización de estos programas.

Según la abogada de Deloitte Legal Silvia Zamorano, "demostrar a un tercero que el modelo de cumplimiento es eficaz y funciona" es un "enorme placer", y destaca la "madurez" del sistema que ha salvado a la firma de hacer frente a un posible castigo que podría oscilar desde la multa económica, la suspensión temporal de las actividades y la clausura de sus establecimientos, hasta su disolución.

Los especialistas reiteran que la apuesta por el "compliance" no sólo se traduce en seguridad jurídica, sino también en "mayor crédito" y, por tanto, en una mejor reputación dentro del propio sector que traerá consigo "más oportunidades de colocar productos en el mundo".

Razones por las que comienzan a consolidar su compromiso algunas economías como la argentina, cada vez más concienciada tras "doce años de hipercorrupción", asegura Laura Alonso, miembro de la Oficina Anticorrupción del país, y pone de ejemplo a Chile, con una larga trayectoria en estos programas, y a Brasil, donde la constructora Odebrecht está implicada en el caso Petrobras.

Y es que, en palabras del ministro de Justicia, Rafael Catalá, "la corrupción tiene que afrontarse desde una perspectiva integral que mejore la calidad democrática y permita el robustecimiento de la economía", una perspectiva en la que la confianza de la ciudadanía en empresas e instituciones sujetas a la norma juega un rol fundamental en pos del bienestar social.

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