Banco Santander deberá devolver 600.000 ? invertidos en "Valores Santander"

El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Santander ha condenado al Banco Santander a devolver 600.000 euros a uno[…]

El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Santander ha condenado al Banco Santander a devolver 600.000 euros a uno de sus clientes que invirtió en el producto "Valores Santander", porque no le advirtió de los riesgos.

El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Santander declara así la declara nulidad del contrato de adquisición de los valores que un matrimonio de jubilados firmó en septiembre de 2007 con falta de información, como se afirma en la sentencia, facilitada por el despacho de abogados que representó a estos inversores, Ortega y García.

De acuerdo con el fallo, el banco deberá devolver la cantidad invertida, más los intereses legales desde la fecha de suscripción de los "Valores Santander".

La sentencia, contra la que cabe recurso, señala que la entidad debía haber informado a sus clientes sobre los riesgos de estos valores convertibles en acciones más allá de la entrega de un tríptico informativo, el cual, además, según el despacho de abogados, no consta como entregado.

El juez explica que de la declaración del empleado de banca con el que el matrimonio contrató el producto se desprende que no era adecuado para estas personas, y añade que ese empleado no hizo ninguna comprobación al respecto.

El Santander alegó que el demandante tenía experiencia inversora suficiente para conocer esos extremos, puesto que el matrimonio era titular de otros productos financieros.

Pero el juez entiende que ello no es suficiente para eximir del error, y más teniendo en cuenta que los clientes no tenían estudios superiores, ni han trabajado en contextos relacionados con la inversión financiera, aunque el hombre era un empresario pero en actividad que no tenía que ver con la Bolsa.

"Si bien consta la contratación de productos financieros como acciones, fondos de inversión, seguros de inversión y participaciones preferentes, las características de estos productos no son las mismas que las de Valores Santander", subraya la sentencia.

El Juzgado establece que el consentimiento del cliente estuvo "viciado por error", puesto que contrató en la confianza y seguridad de la información que le proporcionó el banco, "insuficiente para comprender el riesgo real de la inversión".

EFE

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