La UE y EEUU firman su acuerdo sobre requisitos y supervisión de aseguradoras
La Unión Europea (UE) y Estados Unidos firmaron hoy un acuerdo bilateral en materia de seguros y reaseguros que reducirá[…]
La Unión Europea (UE) y Estados Unidos firmaron hoy un acuerdo bilateral en materia de seguros y reaseguros que reducirá los requisitos de colateral (activos que sirven de garantía para créditos) y dejará la supervisión de estas empresas en manos de los reguladores de su lugar de origen.
La firma del acuerdo, rubricado en enero pasado, permite que ciertas partes del mismo empiecen a aplicarse de forma provisional, aunque el Parlamento Europeo y el Consejo (los países) aún tienen que dar luz verde para que entre completamente en vigor.
En un comunicado conjunto, la UE y Estados Unidos destacaron que el acuerdo proporciona beneficios para las empresas que operan a ambos lados del océano Atlántico, "ofreciéndoles más certeza legal, mientras mantienen una robusta protección del consumidor".
El acuerdo, que comenzó a negociarse en 2016, prevé que tanto Estados Unidos como la UE supriman las exigencias de ciertos requisitos de colateral (activos que deben presentar las aseguradoras para respaldar sus créditos).
Este punto era especialmente importante para la UE, ya que según la Comisión Europea las reaseguradoras europeas tienen aproximadamente 40.000 millones de dólares (37.592 millones de euros) en requisitos de colateral en Estados Unidos y asumen unos costes de oportunidad equivalentes a 400 millones de dólares (casi 376 millones de euros).
También se suprime la necesidad de tener presencia física en EEUU para las empresas europeas y en la UE para las estadounidenses a la hora de realizar operaciones transfronterizas.
Por otra parte, se modifica el actual sistema de supervisión de las aseguradoras que operan a nivel mundial, de forma que la vigilancia del grupo en su conjunto estará principalmente en manos de los supervisores de su lugar de origen, aunque con ciertas salvaguardas.
Los supervisores podrán pedir y obtener información sobre las actividades globales de las compañías en otras jurisdicciones cuando crean que son importantes para los asegurados de su país o que pueden afectar a la estabilidad financiera.
La idea es que para las operaciones globales de las aseguradoras no se solapen los requisitos de supervisión, un punto que tenía especial interés Estados Unidos.
Por último, se han acordado unos principios generales que deberían regir el intercambio de información entre los supervisores a ambos lados del Atlántico, aunque esta parte del acuerdo, al contrario de las relativas a reaseguros y supervisión, no es vinculante.