¿Puedo vender una casa que tengo en usufructo?

Si la propiedad se le adjudicó en usufructo no puede venderla, pero puede alquilarla y le correspondería la integridad de la renta que obtuviera en concepto de alquiler.

G. T. se quedó viuda y tiene dos hijos mayores. De la herencia de su marido le correspondió en usufructo la casa en la que vive. Es muy grande para ella sola y quiere venderla, pero sus hijos le han dicho que no puede hacerlo, por ello pregunta a nuestros expertos si ellos tienen razón.

Esther García Vaquero, abogada de www.iabogado, le responde si la vivienda se le adjudicó en usufructo, no podrá venderla dado que no ostenta la propiedad de la misma, sino un derecho de uso. Pero es factible que este derecho de uso le sea compensado económicamente, de modo que la vivienda se ponga a la venta y a usted se le restituya el valor que represente el usufructo en el precio que se obtenga. El valor del usufructo está en relación con la edad del usufructuario y como mínimo será de un 10 por ciento del valor del inmueble. Otra opción es alquilar la vivienda de modo que a usted le correspondería la integridad de la renta que se obtuviese en concepto de alquiler. Por lo anterior, sus facultades de disposición son limitadas, pero puede pactar la extinción del usufructo a cambio de un precio y si los propietarios no desean vender, puede alquilar la propiedad y hacer suya la renta.

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