El Gobierno aprueba la transposición de la directiva de mercados Mifid II

El Gobierno ha aprobado hoy un real decreto-ley que modifica el texto refundido de la Ley de Mercado de Valores,[…]

El Gobierno ha aprobado hoy un real decreto-ley que modifica el texto refundido de la Ley de Mercado de Valores, con lo que sólo falta el reglamento que desarrollará la norma para completar la transposición de la directiva europea Mifid II, que regula los mercados de instrumentos financieros.

En una nota, el Ministerio de Economía explica que la norma aprobada hoy "refuerza la protección al inversor" y establece el régimen de autorización, conducta y supervisión de las empresas de servicios de inversión, al tiempo que reconoce nuevas facultades de supervisión a la CNMV.

Asimismo, entre las novedades destaca la limitación del cobro de incentivos por asesorar a los clientes en la venta de determinados productos bancarios para evitar los conflictos de interés de la comercializadora a la hora de seleccionar los productos más adecuados para sus clientes.

También introduce nuevos requisitos para vender depósitos estructurados y aumenta la vigilancia y el control de productos.

El real decreto obliga a diseñar productos "con un proceso coherente y con una correcta identificación de clientes potenciales", según sea su nivel de conocimientos financieros o su perfil de riesgo, con el objetivo de asegurar que el producto es conveniente para el tipo de cliente al que se dirige.

Según explica Economía, la transposición de la citada directiva como Real Decreto-ley viene motivada por la "urgencia", ya que el plazo venció el 3 de julio de 2017, y la Comisión Europea ya ha interpuesto demanda ante el Tribunal de Justicia de la UE por incumplimiento, con la correspondiente propuesta de sanción.

Asimismo, su incorporación al ordenamiento jurídico es "fundamental" para evitar la erosión de la competitividad de las empresas de servicios de inversión nacionales y de España como destino de inversiones europeas y extranjeras.

En cuanto a las nuevas facultades del supervisor español de los mercados, la CNMV, la norma establece que, con el fin de mejorar la labor de este organismo y el control interno de la entidad, las empresas de servicios de inversión deberán desarrollar un registro que incluya las comunicaciones telefónicas y electrónicas relacionadas con la ejecución de órdenes de los clientes.

Sobre los depósitos estructurados -cuya rentabilidad está ligada a la de otros activos subyacentes- el Real Decreto establece que las entidades de crédito que vendan estos productos deben cumplir con determinadas normas relativas al buen gobierno de la entidad, con el fin de evitar conflictos de interés.

También deberán cumplir las obligaciones sobre registro de grabaciones y respetar determinadas normas de conducta relativas a la clasificación de clientes, diseño de productos y remuneraciones.

Asimismo, se establece también la obligatoriedad de tener una sucursal en España a las empresas de servicios de inversión de terceros estados cuando presten servicios de inversión a clientes minoristas en territorio nacional.

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