BBVA cree "llamativo" que la banca soporte más normas sobre protección datos

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El BBVA considera "llamativo" que se aplique una regulación extra al sector financiero en relación con la protección de datos y los medios de pago, según ha explicado el economista de regulación digital de BBVA Research, Álvaro Martín, en un encuentro informativo.

Martín ha explicado, en relación con la entrada en vigor en enero de la nueva directiva europea sobre medios de pago (PSD2), que no tiene sentido pedir una regulación distinta para sectores diferentes en un contexto en el que las empresas diversifican su oferta de productos y el límite entre sectores es difuso.

Martín se ha referido a la entrada en vigor, en mayo de 2018, del reglamento general europeo de protección de datos (GDPR), que será de obligado cumplimiento para todas las empresas y que prevé aumentar el control de los ciudadanos sobre sus datos personales.

El normativa regulará, entre otras cosas, el intercambio de datos entre empresas, que sólo se podrá realizar con el consentimiento claro del cliente, además del derecho al olvido y a la portabilidad (la posibilidad de que el cliente solicite sus datos a una compañía para trasladarlos a otra).

Por su parte, el PSD2 pretende aumentar la seguridad de los consumidores cuando utilicen medios de pago que impliquen que un tercero (por ejemplo una aplicación móvil) requiera datos del cliente a la entidad financiera.

Con esta directiva el consumidor deberá autorizar, mediante el método de la doble autentificación, el traspaso de sus datos personales a terceros y éstos deberán estar registrados, sean bancos o no, en el organismo regulador de cada país, en el Banco de España en el caso de este país.

Este organismo, para admitirlos a estas compañías en el registro, deberá comprobar que cumplen unos requisitos aún por determinar por la legislación española que desarrolle esta normativa europea.

No obstante, ha avisado que la entrada en vigor de la directiva en enero no aumentará la seguridad, ya que deben concretarse las disposiciones de seguridad de acceso a las cuentas de pago de clientes, para lo que existe un plazo de 18 meses más.

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