Hipotecados multidivisa, más cerca del final

Los hipotecados multidivisa han ganado una batalla a los bancos tras el dictamen del TJUE que califica de abusivas las hipotecas vinculadas a la fluctuación de divisas cuando la entidad financiera no haya sido transparente con sus clientes. Ahora es el Tribunal Supremo el que tiene que fijar la doctrina a aplicar por los jueces españoles.

Los hipotecados multidivisa han ganado una batalla a los bancos tras el dictamen del TJUE que califica de abusivas las hipotecas vinculadas a la fluctuación de divisas cuando la entidad financiera no haya sido transparente con sus clientes. Ahora es el Tribunal Supremo el que tiene que fijar la doctrina a aplicar por los jueces españoles.

Las 70.000 familias hipotecadas en multidivisas en España están de enhorabuena tras la sentencia que acaba de dictar el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en la que establece que las hipotecas concedidas en divisas extranjeras serán consideradas nulas en aquellos casos en que la redacción de la cláusula no sea clara o en los que la entidad financiera no haya informado de forma transparente al cliente de los riesgos que corría al suscribirlas. Según el dictamen, la información facilitada por los bancos tiene que ser «suficiente para que los clientes puedan tomar decisiones fundadas y prudentes» sobre sus hipotecas.

La hipoteca multidivisa es aquella en la que el capital prestado y la cuota periódica de pago se representa mediante una moneda distinta al euro, y tanto el importe de pago mensual como el del dinero recibido como préstamo están sometidos a la fluctuación de la divisa, de manera que no solo la cuota mensual varía, sino que también lo puede hacer la cantidad prestada.

En España hay 70.000 préstamos hipotecarios de este tipo que han generado unas pérdidas para los prestatarios que rondan los 200.000 euros de media por hipoteca. Por su parte, los bancos acumulan un total de 13.160 millones de euros en préstamos en divisas

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El fallo del TJUE supone un estímulo para aquellos hipotecados que decidan acudir a los tribunales para reclamar sus derechos, ya que dispone que «la entidad debe comunicar toda la información pertinente que permita al usuario valorar las consecuencias económicas de una cláusula sobre sus obligaciones financieras», por ello, en caso de demostrarse que el banco no ha cumplido este requisito, el prestatario tiene más posibilidades de ganar en los tribunales, al igual que ha ocurrido en el caso de las cláusulas suelo, en las que el TJUE siguió el mismo criterio para declararlas abusivas, el de la transparencia.

La sentencia añade que los bancos, además de comunicar la posibilidad de apreciación o depreciación de la divisa del préstamo, deben informar de los efectos en las cuotas de las variaciones del tipo de cambio y de una apreciación del tipo de interés de la divisa del préstamo.

«Esta sentencia abre la posibilidad de que los tribunales nacionales de los diferentes Estados de la UE puedan valorar si en el momento de la contratación de la hipoteca multidivisa el consumidor disponía o no de toda la información necesaria para contratar este producto y así determinar si alguna de las cláusulas de la hipoteca puede ser o no considerada nula», afirma Miguel Ángel Serrano, portavoz de Facua.

LE TOCA AL SUPREMO MOVER FICHA

El tribunal de Luxemburgo dio a conocer su sentencia el día 20 de septiembre, justo cuando en Madrid, el Tribunal Supremo iba a abordar un recurso con el que establecer la doctrina que deberán aplicar los jueces españoles en los casos de hipoteca multidivisa. Ante el dictamen de Luxemburgo, el Supremo ha aplazado su deliberación y ha dado un plazo de 10 días, hasta el 5 de octubre, para que las partes presenten alegaciones. Los representantes de los hipotecados esperan que dicte sentencia a partir de la segunda semana de octubre. 

El dictamen del TJUE dice que corresponde al juez nacional verificar si se han comunicado al cliente todos los elementos que pueden incidir en el alcance de su compromiso, además del «posible incumplimiento por parte del banco de la exigencia de buena fe».

Una vez conocido el fallo del Tribunal de Luxemburgo, «si el consumidor considera que contrató la hipoteca multidivisa sin suficiente información puede reclamar a su entidad financiera que el interés dependa de la divisa nacional y no de una divisa extranjera, y que la cantidad a amortizar sea considerada en euros y no en las divisas en las que se contrató el préstamo», afirma Miguel Ángel Serrano.

Si la entidad no accede a la petición del hipotecado, estos, según los representantes de los afectados, deberán recurrir al procedimiento judicial. En la actualidad existen cerca de 5.000 procedimientos abiertos. En 2016 estos aumentaron y en muchos de ellos los jueces han dado la razón a los hipotecados, ya que consideran estas hipotecas un producto complejo que, en muchos casos, no supera el control de transparencia exigido. A pesar de ello, solo un dos por ciento de los afectados ha iniciado acciones legales, debido a que la lentitud de la justicia y el miedo a enfrentarse a un banco hace que se resistan a reclamar.

ENTREVISTA

Patricia Suárez, presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin)

«Los bancos no quieren llegar a un acuerdo, por ello la única medida es ir a un procedimiento judicial»

La sentencia dictada por el TJUE ayudará a los prestatarios de hipotecas multidivisas a «defenderse» en los tribunales, asegura Patricia Suárez, presidenta de Asufin, quien reconoce que los bancos españoles «no están por la labor» de llegar a un acuerdo con los hipotecados por lo que «la única medida posible es acudir a un procedimiento judicial» para defender sus derechos.

¿Cómo valora que el Tribunal de Justicia de la UE declarara abusivas las hipotecas multidivisa que no cumplan los criterios de transparencia? 

Es una gran noticia para los afectados por hipotecas en divisas, no solo en España sino en el resto de Europa. El TJUE no solo desarrolla con más detalle la teoría de la falta de transparencia, también indica que los resultados negativos de un producto financiero pueden darse en la ejecución del contrato, por lo que es normal que los afectados presenten sus quejas después de haberlo firmado. Se trata de una sentencia muy completa que ayudará a los afectados por estas hipotecas y por otras cláusulas abusivas a defenderse en tribunales.

¿Cómo afectará esta sentencia a la deliberación que tiene que realizar sobre estas hipotecas el Tribunal Supremo? 

Estamos convencidos de que tendrá un efecto positivo. El Tribunal Supremo ya se había pronunciado en junio de 2015 declarando la complejidad de las hipotecas multidivisa al ser productos híbridos (hipoteca y derivado financiero). Sin embargo, en diciembre de 2015 el TJUE echó por tierra esta teoría, por lo que tenía que tomar la difícil decisión de desdecirse o reafirmarse. Con la sentencia del TJUE del 20 de septiembre, es todo mucho más fácil, puede dejar atrás el derivado financiero para centrarse en el control de transparencia que es una defensa más completa para los consumidores.

¿Su decisión estará encaminada a beneficiar a los afectados?

Estamos convencidos de ello. La causa que está enjuiciando el Tribunal Supremo es de un socio de Asufin y ha sido redactada por socios fundadores de la asociación. Incluía como defensa jurídica tanto la teoría del derivado financiero como la del control de transparencia. La sentencia de primera instancia del juzgado 84 de Madrid fue favorable a nuestro asociado con más argumentos, incluso, de los que exponíamos en la demanda. La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid fue favorable al banco, iniciando así una tendencia negativa para los afectados en la Audiencia Provincial de Madrid. Estamos firmemente convencidos de que el Supremo casará la sentencia, confirmando la de primera instancia, ahora bien, es muy probable que lo haga por la falta de transparencia y diga adiós a la teoría del derivado financiero.

¿Qué medidas tienen que tomar ahora los consumidores que se han visto 'atrapados' por estas hipotecas?

A pesar de que existen muchas resoluciones del Banco de España favorables a los consumidores, los bancos no están por la labor de llegar a ningún acuerdo. Por tanto, la única medida posible es acudir a un procedimiento judicial.

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