¿Se puede traspasar un fondo de inversión a un plan de pensiones sin coste?

Uno de los lectores de INVERSIÓN & Finanzas.com plantea la siguiente cuestión, que responden los expertos de PROFIM Asesores Patrimoniales[…]

Uno de los lectores de INVERSIÓN & Finanzas.com plantea la siguiente cuestión, que responden los expertos de PROFIM Asesores Patrimoniales Eafi. 

Sé que puedo traspasar el dinero que tengo en un fondo de inversión a otro sin que me suponga ningún coste fiscal, pero ¿podría traspasar el dinero que tengo en un fondo de inversión a un plan de pensiones también sin coste? ¿Considera una buena idea hacer este cambio?

Los fondos de inversión solo pueden traspasarse, sin necesidad de ejecutar una orden de venta, a otros fondos de inversión, siempre y cuando estos cuenten con un mínimo de 100 partícipes, y/o a otras sociedades de capital variable, siempre que cuenten con un mínimo de 500 accionistas o partícipes, además de cumplir otros requisitos recogidos en la normativa de Instituciones de Inversión Colectiva. Del mismo modo, los planes de pensiones solo se pueden traspasar hacia otros planes de pensiones o hacia planes de previsión asegurada (PPA). Por lo tanto, un fondo de inversión no puede traspasarse sin coste fiscal a un plan de pensiones, ni viceversa.

Respecto a si es más interesante gestionar los ahorros destinados a la jubilación a través de fondos de inversión o a través de planes de pensiones, consideramos que son productos complementarios pues ambos cuentas con ventajas e inconvenientes, aunque las ventajas que ofrecen los fondos de inversión en cuanto a diversificación, liquidez y tratamiento fiscal en el momento del rescate son superiores a las que presentan los planes de pensiones.

Además, no solo el número de planes de pensiones comercializados, en torno a 1.000, es muy inferior al de fondos, más de 5.000, sino también la tipología de planes existente, apenas hay oferta de planes de retorno absoluto o planes de renta variable americana, emergente, sectorial...
En cuanto a la fiscalidad, si bien es verdad que los planes cuentan con ventajas en el momento de realizarse las aportaciones (el ahorrador puede reducir de la base imponible del IRPF las cantidades invertidas durante el año, hasta un máximo de 8.000 euros), en el momento de su rescate, sin embargo, el tratamiento fiscal es menos favorable para estos productos.

Las prestaciones que se reciban por el rescate del plan tributan como rendimientos del trabajo, sujetos a retención a cuenta y al tipo marginal que corresponda a cada uno (un tipo impositivo que puede verse incrementado por el cobro de estas prestaciones). En los fondos de inversión también hay una retención a cuenta en el momento de la venta, pero se tributa por la plusvalía obtenida al tipo impositivo vigente (los tipos impositivos aplicados sobre las plusvalías obtenidas en 2015 son del 19,5 por ciento hasta 6.000 euros de plusvalía; del 21,5 por ciento, entre 6.000 y 50.000 euros, y del 23,5 por ciento, a partir de 50.000 euros). Por último, indicar que los fondos de inversión se pueden rescatar en cualquier momento. Los planes de pensiones, sin embargo, solo pueden rescatarse llegada la edad de jubilación o bajo supuestos como enfermedad grave, desempleo de larga duración y, a partir de este año, alcanzar las aportaciones realizadas los 10 años de antigüedad.

En portada

Noticias de