Declaración de la Renta: ¿cómo se declaran las indemnizaciones recibidas de accidentes?

Si a lo largo de 2018 ha recibido alguna indemnización por accidente tendrá que declararlo en su cita con el[…]

Si a lo largo de 2018 ha recibido alguna indemnización por accidente tendrá que declararlo en su cita con el fisco de este año. Pero para que sea obligatorio la indemnización debe tener como finalidad compensar los daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida, sean físicos, psíquicos, morales, contra el honor o por discriminación sexual, pero no por daños patrimoniales. Se ha de entender como cuantía judicialmente reconocida la que cuantifique un juez, aunque no es necesario agotar el procedimiento, siendo suficiente el acto de conciliación judicial, allanamiento, renuncia, desistimiento o transacción judicial.

Están exentas de declarar las indemnizaciones percibidas por daños derivados de contratos de seguro de accidentes, salvo aquellas cuyas primas hubieran podido reducir la base imponible o ser consideradas gasto deducible. Para no tributar es necesario que la cuantía esté fijada legalmente, o bien determinada judicialmente. 

En este apartado también se incluye casos por los cuales el contribuyente no percibió una indemnización por daños corporales sufridos en un accidente de tráfico por negligencia de su abogado. Por este motivo, le reclama al abogado el importe correspondiente a la indemnización que no llegó a percibir. La cuantía percibida no puede beneficiarse de la exención (DGT V2967-17).

En el caso de que una resolución judicial determinara una cuantía por daños personales y otra por daños materiales, solo la primera gozaría de la exención mientras que la segunda se imputaría en la parte general como ganancia patrimonial (DGT V0128-17).

Tampoco tributan las indemnizaciones recibidas de la Administración pública por daños personales como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos. Sería el caso, por ejemplo, de la indemnización percibida por una lesión producida por una intervención quirúrgica como consecuencia del funcionamiento del servicio de salud de una administración autonómica 

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