Renta 2015: Hacer la declaración mirando al mañana

La Campaña de la Renta avanza sin descanso. En los primeros días, Hacienda ha devuelto alrededor de 518 millones de[…]

La Campaña de la Renta avanza sin descanso. En los primeros días, Hacienda ha devuelto alrededor de 518 millones de euros a 749.800 contribuyentes. En cuanto al portal «Renta Web», desde Hacienda se destaca que más de tres millones de personas han navegado por la plataforma, que se estrena este año. 

Y es que no hay dudas de que rendir cuentas con el fisco cada año despierta mucha expectación, que este año supera los niveles al ser la primera declaración después de la entrada en vigor de la reforma fiscal. Debido a esta complejidad, el REAF-REGAF, órgano especializado del Consejo General de Economistas (CGE), formado por los asesores fiscales, ha elaborado una serie de recomendaciones para hacer bien la declaración de la renta, haciendo también hincapié en decisiones que se pueden adoptar en este momento y que servirán para tributar menos en el próximo ejercicio.

Estas recomendaciones están diseñadas para que el contribuyente pueda aprovechar al máximo la normativa legal respecto a las reducciones y sobre todo que pueda jugar con los ingresos actuales y las expectativas que pueda tener en el futuro, -con el objetivo de maximizar al máximo las opciones que la Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente.

Por ejemplo, entre las recomendaciones que hablan desde el REAF, está la relacionada con la compraventa de vivienda habitual. En el caso de que haya vendido la vivienda habitual y tenga pensado en adquirir otra puede exonerar la ganancia patrimonial que se haya producido aunque no la haya comprado aún. La Agencia Tributaria da un plazo de dos años para hacerlo, pero eso sí, como recordó Jesús Sanmartín, presidente del REAF-REGAF, debe hacerlo constar en la declaración de la renta de este año.

Si ha realizado operaciones a plazos, que generan ganancia patrimonial, como vender un inmueble, las plusvalías las puede ir imputando según se vaya cobrando, pero siempre si se opta por esta opción en la declaración de la renta. En ese caso, Miriam Revilla, del despacho Dpg Legal, advierte de que «para que sea interesante estos pagos deben ser pequeños, ya que las plusvalías se gravan por tramos y hasta 6.000 euros tienen una retención del 19 por ciento que aumenta si se incrementa esta cantidad». 

Trabajo y rentas irregulares

Sanmartín también hace recomendaciones a los contribuyentes que se hayan jubilado el pasado año y que tuvieran abiertos planes de sistema de previsión social. «Interesa pensar qué cobro conviene reducir en un 40 por ciento por considerarlo percepción en forma de capital en lo correspondiente a aportaciones anteriores a dicho año, sabiendo que tiene para ello, como máximo, hasta que termine 2017. Si la contingencia acaeció antes de 2015 también existe un plazo máximo para poder aprovechar la reducción del 40 por ciento», recuerda.

Pero no solo eso. Como consecuencia de la reforma fiscal se bajó los límites para acceder a la deducción por aportaciones en sistema de previsión social, pasando de los 10.500 euros a los 8.000 euros independientemente de la edad. Sin embargo, se puede desgravar la menor cifra a elegir entre el 30 por ciento de los rendimientos netos y de actividades económicas o la aportación de 8.000 euros. Pero desde el REAF recuerdan el contribuyente tiene la opción de solicitar en esta declaración la autoliquidación del exceso en los cinco ejercicios siguientes si no se pudiera reducir el máximo al ser la base menor. En el caso de recibir rentas irregularidades del trabajo como es el caso de los «bonus» o un premio de permanencia en la empresa donde trabaja el REAF-REGAF recomienda analizar si puede aplicar la reducción del 30 por ciento por irregularidad porque no haya reducido en los cinco años anteriores. Sin embargo, «si piensa que el próximo año puede cobrar uno mayor es mejor que deje esa reducción para el siguiente ejercicio, ya que si lo aplica ahora no lo podrá hacer en la siguiente declaración de la renta», asevera Sanmartín. Una de las nuevas posibilidades que dio la reforma fiscal está relacionada con la transmisión de bienes y derechos para mayores de 65 años y cuyas ganancias las transformen en rentas vitalicias. Se trata de un límite de 240.000 euros por contribuyente, por lo que desde el REAF aconseja que se consuma por la mayor operación, aunque recuerdan que si la reinversión no se produce hasta 2016 tiene que señalarlo en la declaración de la renta. Mientras que Revilla recuerda que el plazo para convertirlo en renta vitalicia es de seis meses. 

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APROVECHAR AL MÁXIMO

La reforma fiscal que entró en vigor a principios de 2015 ha traído numerosas novedades. Si bien es conocido que las donaciones a ONGs y donativos recurrentes deducen en la base imponible, este año se ha ido ampliando los límites. Por ejemplo, para las empresas sube en cinco puntos la deducción hasta el 40 por ciento. «El contribuyente podrá desgravarse un 50 por ciento de los primeros 150 euros donados a una ONG, fundaciones o cualquier entidad recogida en la ley 49/2002, y un 27,5 por ciento del resto de aportaciones que se incrementará al 32,5 por ciento si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido en cada uno de los tres últimos años», señalan desde EFPA España.

Entre las recomendaciones curiosas, el REAF-REGAF recuerda que si se trata de un taxista que tributa por módulos y tiene pensado transmitir la licencia, exige una fórmula para dejarla exenta de tributación y es la que consiste en transmitirla a familiares o esperar para hacerlo para la jubilación.

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En cuanto a si ha transmitido acciones de empresas de nueva o reciente creación, adquiridas entre el 7 de julio de 2011 y el 29 de septiembre de 2013, habiendo aplicado la deducción correspondiente y, siempre y cuando las hubiera tenido en cartera un mínimo de tres años, la ganancia obtenida queda exonerada.

Por último y de cara a esta declaración y sucesivas, desde el REAF-REGAF advierten de que si se ha separado o divorciado recientemente y si, además, satisface pensión compensatoria o anualidades por alimentos al cónyuge o a los hijos debe asegurarse por cuál concepto paga porque tienen distinto tratamiento fiscal.

EFPA también recuerda que «existe una recompensa fiscal para los amigos y los familiares de tercer grado del emprendedor que hayan decidido aportar capital para el inicio de la actividad de su start-up, al contar con una deducción del 20 por ciento». 

Por último, Revilla recuerda que hay casillas que el contribuyente tiene que marcar como las deduciones por hijo o familia numerosa.

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