El Tribunal Supremo lo ha dejado muy claro: cuando se firma una hipoteca, el impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD) debe pagarlo el prestatario, así que este no puede recuperar ese gasto si el banco no lo ha abonado. Sin embargo, hay otras partidas que las entidades sí deben devolver y que, conjuntamente, suman una media de unos 1.500 euros.