¿Es España el país más caro de Europa para heredar?

Un estudio de Tax Foundation sitúa a España en el primer puesto de los países europeos que gravan las sucesiones y donaciones

El informe de Tax Foundation pone de manifiesto que España es el país europeo que más grava las sucesiones y donaciones, seguido de Bélgica, Francia y Dinamarca.

Pero este estudio, según apuntan desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), se hace teniendo como referencia la tarifa máxima de regiones como Asturias y Murcia que alcanzan un 87 por ciento. 

El máximo de casi un 90 por ciento aplicado en estas dos regiones, es el resultado de multiplicar la tarifa del 36,5 por ciento por un coeficiente del 2,4 para herederos que posean más de cuatro millones de euros.

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Tarifa que se aleja de lo que se tramita en el resto del territorio español que se sitúa en torno al 34 por ciento.

REAF estima que, al comparar la tributación usando el mínimo marginal del 7,65 por ciento, debería utilizarse el tipo de la mayoría de las comunidades y no del 36,5 por ciento de Asturias y Murcia para homogeneizar los resultados. 

REAF destaca, además, que las herencias entre familiares prácticamente no tributan en la mayoría de las comunidades autónomas.

Un caso extremo y de carácter excepcional

Asimismo, el director del REAF, Rubén Gimeno, asegura que el caso analizado por el informe es "un caso extremo y de carácter excepcional". Tax Foundation ejemplifica la transmisión de una herencia de Grupo IV (que no suele ser habitual): "de primos a primos", añade Gimeno.

También, desde el REAF explican que lo normal en la mayoría de comunidades es que la herencia sea de padres a hijos y que se llegue a pagar cero por la sucesión de los bienes, como es el caso de Cantabria.

Gimeno se refiere a que, en España, la situación referente a la herencia queda principalmente reducida al alcance de los herederos de los grupos I y II como son el cónyuge, descendiente o ascendiente del causante y que no suele llegar al grupo III, ni mucho menos al IV.

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Se toman como ejemplo los casos en los territorios forales del País Vasco, además de en Andalucía, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Extremadura y Galicia.

Mientras que en el resto prácticamente no se abona nada cuando lo heredado no supera los 300.000 euros. 

Cambios en el Impuesto de Donaciones 

En materia impositiva en relación a las donaciones, se establece, para los Grupos I y II, una bonificación del 100 por ciento en Cantabria y del 99 por ciento en Andalucía, Castilla y León, Madrid y en la Rioja, a menos que se supere la base liquidable de 400.000 euros por la que se aplicaría un 50 por ciento.

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En Castilla-La Mancha se aplica una bonificación del 95 por ciento o del 85 por ciento a partir 240.000 euros y en Baleares solo se paga el 7 por ciento de la base liquidable.

En Canarias se bonifica al Grupo II en un 99,9 por ciento cuando la cuota no supera los 55.000 euros, y de manera decreciente en adelante. 

En Aragón existe una bonificación del 65 por ciento para bases iguales o menores de 500.000 euros. Cataluña y Galicia han establecido una tarifa para estas donaciones entre parientes cercanos con tipos que no alcanzan el 10 por ciento. 

Otros beneficios fiscales 

Muchas comunidades han mejorado las reducciones fiscales a discapacitados y prácticamente todas las Comunidades han previsto la reducción en la sucesión de las empresas familiares.

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En muchos casos se mejora el porcentaje del 95 por ciento hasta el 99 por ciento y se reducen los años de mantenimiento de la adquisición.

En contraposición, se encuentra la donación de la empresa familiar. No todas las autonomías como en el caso anterior, pero sí bastantes, han incrementado el porcentaje de reducción y suavizado los requisitos. 

Además, se establecen beneficios fiscales en ciertas comunidades cuando se dona vivienda, suelo para edificar vivienda y dinero para adquirir vivienda. 

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