Cómo afecta la nueva ley concursal a los emprendedores en problemas

El Gobierno propone al Congreso una nueva ley concursal que impactará de lleno sobre los emprendedores en problemas

El Gobierno español aprobó el martes un proyecto de reforma de la ley concursal con la intención de simplificar y agilizar los procesos de reestructuración de empresas en problemas financieros, sin olvidar a los emprendedores y fundadores de pequeños negocios.

Las consideraciones más importantes de este proyecto de ley para los emprendedores son las siguientes:

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  • Se introduce un nuevo procedimiento de insolvencia adaptado a las necesidades y características específicas de los autónomos y las microempresas de menos de 10 trabajadores.
  • Este procedimiento simplifica el proceso concursal ofreciendo dos posibilidades, el alcance de un acuerdo con los acreedores en un máximo de tres meses, o la liquidación a través de una plataforma en línea.
  • Se incentiva también la repetición del emprendimiento tras un fiasco anterior, con medidas como la exoneración de deudas sin liquidar patrimonio personal, o el establecimiento de un plan de pagos para autónomos, que podrán mantener su vivienda habitual y continuar con su actividad.

La ministra de justicia, Pilar Llop, aseguró que el objetivo de esta nueva ley es que ninguna empresa viable "tenga que bajar la persiana por tener dificultades económicas puntuales", así como evitar que "hombres y mujeres emprendedores dejen de emprender por culpa de un proyecto fallido que les lastre para siempre".

La intención del Gobierno es que la ley se apruebe por vía de urgencia para entrar en vigor antes del 30 de junio de 2022, fecha hasta la que se extendió la moratoria concursal aprobada durante la pandemia que suspendía la obligación de presentar concurso a las empresas conscientes de su insolvencia.

Prevenir es mejor que curar

A grandes rasgos, el proyecto de ley aprobado por el Gobierno aspira a crear "un procedimiento efectivo de reestructuración preventiva" que permita a las empresas anticiparse a una futura falta de viabilidad y continuar con su actividad, minimizando así la destrucción del tejido productivo nacional.

En esta línea, la nueva ley propuesta por el Ejecutivo de Pedro Sánchez introduce un procedimiento de insolvencia único para autónomos y microempresas de 10 trabajadores que promete ser "más rápido, digitalizado y con un coste muy reducido".

Este proceso, indican desde la Moncloa, simplifica el proceso concursal y ofrece dos itinerarios posibles a los emprendedores.

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Tras un periodo de negociación de un máximo de tres meses con sus acreedores, tendrán que optar por acogerse a un plan de continuación de la empresa "rápido y flexible" si llegan a un acuerdo con los mismos, o proceder a la liquidación de la compañía a través de una plataforma online.

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El abogado y socio en AMBAR, Eugenio Caravia Izquierdo, escribe en el blog de la IE Law School que las empresas con menos de 10 trabajadores e ingresos anuales inferiores a dos millones de euros, que conforman el 90 por ciento del tejido empresarial español, pueden beneficiarse de este mecanismo específico porque "reduciría los costes asociados".

Asimismo, la propuesta de ley también puede beneficiar a autónomos que "podrán cancelar sus deudas acogiéndose al mecanismo de exoneración del pasivo", y disponer de un procedimiento especial de liquidación consistente en una plataforma de venta directa o de subasta de activos a la que se podrá acceder de forma gratuita y universal.

Una segunda oportunidad para emprender

Llegado el caso en que una empresa se vea obligada a cerrar, la intención de la nueva ley, como remarca Llop, es que este fracaso no desincentive la creación de nuevas empresas.

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Por esa razón, el proyecto de ley del Gobierno reforma el procedimiento de segunda oportunidad dirigido tanto a personas físicas como a autónomos en problemas, "con el objetivo de incentivar a los beneficiarios a continuar con su actividad laboral o empresarial".

Entre las medidas introducidas en el proyecto de ley destaca la posibilidad de liberarse de las cargas de deuda sin tener que recurrir a la liquidación del patrimonio personal de los empresarios, que podrán acogerse a un plan de pagos con sus acreedores, manteniendo su vivienda habitual y, en caso de ser autónomo, incluso continuar con su actividad.

El plan de pagos disponible para los empresarios tendrá una duración máxima de tres años que se ampliará a cinco años cuando no se enajene la vivienda habitual del deudor, apunta el comunicado del Gobierno sobre la nueva ley concursal.

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