¿Puedo compensar la plusvalía de la venta de un piso con minusvalías de vender acciones?

Las ganancias patrimoniales pueden ser compensadas con pérdidas patrimoniales obtenidas en el ejercicio.

En enero del 2016, J. B. G. vendió un piso en la provincia de Alicante que compró en 1977. Su pregunta es si la plusvalía de esa venta la puede compensar totalmente con minusvalías obtenidas con la venta de una cartera de acciones nacionales y extranjeras y de fondos de inversión. De ser así, quiere saber también en qué epígrafe y casilla de la declaración del IRPF, debe poner los datos. Antonio Paredes, experto tributario de Gestha, le responde que las ganancias patrimoniales pueden ser compensadas con pérdidas patrimoniales obtenidas en el ejercicio, habiéndose eliminado las distinciones existentes por periodo de generación de las mismas

Por otro lado, la reforma fiscal ha eliminado los compartimentos estancos para compensar rendimientos de capital mobiliario con ganancias y pérdidas patrimoniales, es decir, a partir de 2015 se permite también que los rendimientos negativos del capital mobiliario se compensen con las ganancias patrimoniales y viceversa

El porcentaje de compensación para el presente año será de un 10 por ciento, mientras que para 2016, 2017 y 2018 será del 15 por ciento, del 20 por ciento y del 25 por ciento, respectivamente. Aún no se han aprobado los modelos de la declaración de la Renta de 2016, que se presentará en 2017, por lo que no se pueden conocer las casillas que se establecerán.

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